MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Hacienda ha recordado este jueves que el denominado 'céntimo sanitario' que ha puesto en cuestión el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) está suprimido desde el 1 de enero de este año, y ha afirmado que, no obstante, España cumplirá con la sentencia que en su momento dicte el tribunal.
En un comunicado, el departamento de Cristóbal Montoro dice que la ley 2/2012 ya derogó el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, conocido como 'céntimo sanitario', para adecuarlo a la directiva de la Comisión Europea que armoniza, entre otros, el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos.
El Ministerio afirma que con este cambio se pasó a integrar el 'céntimo sanitario' en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, "adelantándose así a un posible pronunciamiento (del TUE) desfavorable".
Por otro lado y en relación con las reclamaciones que han podido presentar los contribuyentes del impuesto con arreglo a la normativa anterior, insiste en la necesidad de esperar a la sentencia del tribunal para conocer su sentido y los efectos de la misma.
En todo caso, "y como no puede ser de otro modo", Hacienda asegura que España cumplirá con la sentencia que en su momento dicte el TUE y con los pronunciamientos que, en aplicación de la misma, puedan dictar los tribunales españoles.
DICTAMEN DEL ABOGADO.
El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Nils Wahl, ha dictaminado este jueves que el 'céntimo sanitario', impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad, vulnera la legislación comunitaria. España podría tener que devolver 13.000 millones de euros, aunque el dictamen admite que se podrían limitar los efectos en el tiempo de la sentencia final.
El fallo del abogado general, que no es vinculante, pero resulta refrendando por el TUE en el 80% de los casos, responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha pedido a la justicia europea que se pronuncie.
En sus conclusiones de este jueves, el abogado general sostiene que el impuesto "es contrario a la directiva sobre los impuestos especiales" porque no cumple ninguno de los dos requisitos que exige la norma para este tipo de gravámenes.
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