Economía

Economía/Energía.- La Ley de Sistemas insulares y extrapeninsulares pasa mañana su último trámite parlamentario

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El proyecto de ley para la Garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares pasará su último trámite este jueves en el Congreso, donde vuelve tras incorporar tres cambios a su paso por el Senado, antes de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrar en vigor.

El Pleno de la Cámara Baja debatirá así por última vez una normativa aprobada por el Consejo de Ministros el 15 de marzo y que ya superó su primera fase de la tramitación parlamentaria el pasado mes de mayo, aunque no fue hasta la semana pasada que el Senado la incluyó en su orden del día para debatir las enmiendas parciales.

Ahora, el texto vuelve al Congreso para que sometan a debate y votación las tres enmiendas incluidas por el Grupo Popular para precisar el régimen transitorio de las instalaciones que hubieran obtenido autorización administrativa entre el 1 de marzo de 2013 y la entrada en vigor de la ley.

RESOLUCIONES DE COMPATIBILIDAD.

En concreto, el Senado ha incluido un nuevo apartado en la disposición transitoria primera sobre las resoluciones de compatibilidad de las instalaciones productoras que estén inscritas en el Registro de preasignación de retribución o con autorización administrativa.

Así, si el proyecto de ley ya incluía las previsiones para todos los operadores que contaran con una autorización para acceder al régimen retributivo adicional fechada antes del 1 de marzo de 2013, con esta enmienda se precisa qué sucederá con las instalaciones que consiguieran la autorización administrativa entre esa fecha y la entrada en vigor de la ley, pero que no estuvieran inscritas en el Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica.

Ahora se señala que requerirán de una resolución favorable de compatibilidad sin la cual "no tendrán derecho" a recibir retribución adicional alguna ni a acceder al régimen económico privado, por lo que sólo podrán percibir el precio de mercado por la electricidad que produzcan.

Por ello, para conseguir esa resolución deberán presentar la solicitud a la Dirección General de Política Energética y Minas en un plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la ley, acompañando la petición de la autorización administrativa y el anteproyecto presentado en la tramitación. Si esta solicitud es denegada el operador no tendrá derecho a indemnización.

ADJUDICACION DE ESTACIONES DE BOMBEO.

Por otra parte, las enmiendas 'populares' precisan que será el Consejo de Ministros el que determine reglamentariamente cuál es el órgano competente para convocar y resolver procedimientos de adjudicación de la titularidad de las instalaciones de bombeo que no tengan como finalidad principal la garantía del suministro, la seguridad del sistema y la integración de energías renovables no gestionables; así como para modificar los calendarios de inversión.

En el mismo sentido, también se incluyen cambios para precisar que el calendario de ejecución de las inversiones en las instalaciones de bombeo será aprobado junto con la resolución del procedimiento de adjudicación, un extremo muy importante dado que con la nueva legislación las instalaciones con bombeo y autorización administrativa o que sean concesionarias de un aprovechamiento hidráulico que no cumplan el plazo de inversión previsto serán traspasadas a Red Eléctrica Española (REE).

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