Madrid, 30 abr (EFECOM).- El Tribunal de Cuentas ha detectado deficiencias en la elaboración, supervisión y ejecución del control de obras del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en 2005, que ha provocado, en algunos casos, la resolución del contrato en perjuicio de los intereses públicos.
El informe aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el pasado 24 de abril señala que en los contratos de obras del INSS en 2005 destaca la "excesiva frecuencia" con la que se produjeron modificaciones de los contratos y los "significativos" incrementos de su precio inicial, casi siempre hasta el límite legal, cercano al 20 por ciento.
Además, el informe subraya que algunos contratos fueron adjudicados a ofertas que incurrían en presunción de temeridad.
El Tribunal ha observado que también hubo deficiencias en cuanto a la acreditación de la solvencia de los licitadores de las obras, especialmente algunos contratos en los que la clasificación aportada por las empresas había caducado antes de la adjudicación, lo que pudo dar lugar a la nulidad de las actuaciones producidas.
A juicio del Tribunal, el INSS, a la hora de contratar las obras, aplicó una reducción no justificada en un tercio de los porcentajes previstos para determinar cuando la baja económica de un licitador se presume que es "temeraria o desproporcionada".
El INSS tampoco acreditó haber publicado previamente la convocatoria de los contratos, como es preceptivo cuando el importe excede de 154.014 euros (IVA excluido).
Durante 2005, el INSS adjudicó 449 contratos (cuyo importe ascendió a 84,6 millones de euros), de los que 32 contratos correspondieron a obras y su importe fue de 19,9 millones.
En los procedimientos adjudicados por concurso, el INSS tampoco previó los límites que permitieran apreciar, en su caso, cuando la oferta económica de un licitador incurría en baja desproporcionada o temeraria.
El Tribunal señala que "con frecuencia" se excluyó de los contratos la aplicación de la revisión de precios, pese a que la duración de los mismos era superior a un año, así como la exigencia de que los contratistas se encontraran al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social durante la duración del contrato.
Entre otras deficiencias detectadas, también se ha observado algunas "incidencias" sobre los criterios de adjudicación, como la utilización inadecuada para valorar el criterio precio o el uso indebido de los factores que determinan la solvencia de los licitadores.
No obstante, el Tribunal reconoce en su informe que las deficiencias en los contratos observadas en 2005 han sido menores que en 2004, lo que refleja la mejora de la gestión de los contratos del INSS en algunos aspectos.
A la vista de estos datos, la institución recomienda que el INSS promueva más concreción en los criterios de adjudicación, de las fórmulas y métodos de valoración de los contratos para poder determinar la baja temeraria en los concursos, así como la exigencia de que los contratistas estén al corriente de sus obligaciones en la Seguridad Social durante el contrato. EFECOM
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