Economía

Roca y sindicatos alcanzan un acuerdo para atenuar los efectos del cierre de los centros de Madrid y Sevilla

La dirección de Roca Sanitarios y los sindicatos han alcanzado un acuerdo que atenúa los efectos que tiene sobre la plantilla el cierre de las fábricas de Alcalá de Henares (Madrid) y Alcalá de Guadairá (Sevilla), informó MCA-UGT.

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

La presentación de un ERE por parte de la empresa ha llevado a la apertura de un período de negociación y consultas con los sindicatos que finalmente ha acabado en acuerdo.

El pacto alcanzado por los sindicatos presentes en la empresa y la dirección ha conseguido minimizar los efectos del cierre de las citadas factorías de Roca Sanitarios.

El pacto ha sido ratificado este miércoles por los trabajadores por 38 votos a favor y uno en contra en la factoría de Alcalá de Henares y por 60 votos a favor, 11 en contra y 2 en blanco en la factoría de Alcalá de Guadaira.

Contempla un plan de prejubilaciones que complementa la prestación de desempleo para los trabajadores hasta el 80% del salario neto, hasta la edad mínima de acceso a la jublicación anticipada en el marco legal vigente actual, para todos los trabajadores afectados que tengan 54 años o más.

Para los trabajadores con 59 años el plan se amplía hasta los 62 años y 63,5 años para los trabajadores que tuvieran 61 años en el momento de presentación del despido colectivo. Además tendrán una indemnización adicional de 20.000 euros.

El acuerdo contempla también indemnizaciones para los trabajadores afectados, no incluidos en el colectivo de prejubilaciones, de 42 días de salario por año de servicio con un límite de 32 mensualidades más una cantidad a tanto alzado dependiendo de la antigüedad.

Y como alternativa a las prejubilaciones e indemnizaciones pactadas se ofrece la posibilidad de recolocar hasta 66 trabajadores en el centro de trabajadores de Roca en Burgos. Los trabajadores que se acojan al traslado tendrán derecho a percibir ayudas de la empresa para el alquiler y la mudanza, así como un período de hasta 15 meses para renunciar a la recolocación y acogerse a las indemnizaciones pactadas y citadas con anterioridad.

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