MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha modificado las condiciones de prestación de los servicios de consulta sobre los números de teléfono que empiezan por '118', que no podrán dar acceso a números de tarificación adicional y deberán a partir de ahora informar dos veces del precio de la llamada.
Industria ha señalado que con esta medida se pretende mejorar la transparencia sobre contratos y facturación que debe recibir el usuario en relación a la prestación de servicios, contenidos y aplicaciones, en consonancia con los objetivos de la Agenda Digital para España.
En concreto, la Orden Ministerial prohíbe que los servicios de consulta '118' puedan ofrecer la conexión de llamadas hacia servicios de tarificación adicional, que se prestan desde números con prefijos 803 (servicios para adultos), 806 (servicios de ocio y entretenimiento), 807 (servicios profesionales) y 905 (servicios de llamadas masivas) o los 'SMS Premium' y pueden conllevar a una facturación elevada.
Además, se establece que los servicios de consulta 118 han de informar del precio de la llamada en el momento de la consulta y cuando se ponga en contacto al usuario con el número solicitado. Hasta el momento los usuarios eran informados sobre el precio mediante una locución en cada llamada al servicio de consulta 118.
Con esta medida, el usuario estará informado que está pagando el precio similar al de tarificación adicional por una llamada metropolitana normal, interprovincial o gratuita.
Estas actuaciones se enmarcan dentro de la Agenda Digital para España, aprobada por el Consejo de Ministros el 15 de febrero de 2013, una de cuyas medidas consiste en aumentar la transparencia en relación con la facturación que reciben los usuarios, en relación a la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, los contenidos y las aplicaciones, ha explicado Industria.