BRUSELAS, 27 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la UE ha dado este jueves la razón al ayuntamiento de Roses (Girona) en su conflicto con Repsol por el registro de una marca comunitaria y ha condenado a la petrolera a pagar las costas del proceso.
La disputa se remonta al año 2008, cuando Repsol solicitó el registro como marca ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior, de un signo figurativo consistente en un círculo con la letra 'r' en su interior para productos como guías turísticas, ropa, prensa, tabaco o helados.
El ayuntamiento de Roses se opuso al registro alegando el riesgo de confusión con una marca suya registrada con anterioridad para categorías de productos que abarcaban desde vestimenta hasta servicios de promoción del turismo, organización de ferias o servicios de publicidad. La OAMI dio la razón a Roses y denegó a Repsol el registro de la marca respecto a parte de los productos para los que se había solicitado. La petrolera recurrió entonces a la justicia.
En su sentencia de este jueves, el Tribunal General desestima el recurso de Repsol y le condena en costas. El fallo declara que, habida cuenta de la identidad de los productos y de los servicios en cuestión y de la similitud global de las marcas en conflicto, la Sala de Recurso de la OAMI no incurrió en error al considerar que existía riesgo de confusión entre ambas marcas.
Relacionados
- Economía/Empresas.- La justicia europea rechaza el recurso de Bimbo contra el registro de la marca Caffè Kimbo
- Economía.- La justicia europea desestima el recurso de la marca 'El niño' para anular el registro de un logo similar
- Economía/Empresas.- La justicia europea impide el registro de la marca Viaguara por aprovecharse de la fama del Viagra
- La justicia europea impide el registro de 'Coto de Gomariz' como marca para vinos
- Economía/Empresas.- La justicia europea impide el registro de 'Coto de Gomariz' como marca para vinos