MADRID, 31 (EUROPA PRESS)
Las entidades financieras tendrán que declarar ante el Banco de España los riesgos de sus operaciones sin que se haya fijado un umbral mínimo de declaración. Además, tendrán que identificar para cada una de las operaciones todas las personas que intervienen en ellas, así como el importe del riesgo que les corresponde.
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