El ex presidente de Caja Madrid alegó que el juez Silva está "contaminado" por sus prejuicios y su "tono despectivo y denigrante"
MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
La defensa del ex presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán se ha adherido a la recusación del juez Elpidio José Silva que presentó el ex presidente de Caja Madrid Miguel Blesa porque considera que el magistrado no está actuando con imparcialidad y tampoco está demostrando tal apariencia, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El abogado defensor del que fuera dueño del Grupo Marsans ha presentado su escrito de adhesión ante el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid después de que su titular aceptase esta semana tramitar el incidente de recusación formulado por Blesa y dar a las partes un plazo de tres días para adherirse u oponerse al mismo.
Díaz Ferrán apoya la argumentación esgrimida por el banquero basada en que el juez Silva adolece de falta de imparcialidad y en sus decisiones revela un "interés personal, directo e indirecto" en la causa, así como una "enemistad manifiesta" que lleva a pensar que actúa más como "denunciante" que como un instructor independiente.
El ex jefe de la patronal, investigado por recibir un crédito de 26,6 millones por parte de Caja Madrid cuando era consejero, estima que la defensa de Blesa tiene razón en sus razonamientos jurídicos tanto desde el punto de vista objetivo como subjetivo. Cree que no puede existir un ánimo de perjudicar a las partes y alude a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para destacar que "el juez no debe solo ser imparcial, sino también parecerlo".
El Tribunal, con sede en Estrasburgo, ha dictaminado en varias sentencias que "no solo debe hacerse Justicia, sino parecer que se hace" y que "todo juez del que pueda dudarse de su imparcialidad debe abstenerse de conocer del asunto".
El juez Silva investiga la concesión de un crédito "doloso" por Caja Madrid a Díaz Ferrán en el que figuraba como "garantía un holding empresarial que se encontraba en quiebra" según la denuncia presentada por Manos Limpias. Además, ha abierto diligencias sobre la compra del City National Bank de Florida en 2008 por parte de la caja de ahorros.
Díaz Ferrán y Blesa están acusados de un delito societario y de falsedad documental por el préstamo investigado, mientras que el ex responsable de créditos a empresas de Caja Madrid Carlos Vela está imputado por delito societario. La Fiscalía ve nulo este procedimiento.
AUTOS PROLIJOS EN DESCALIFICACIONES
En su incidente de recusación, la defensa de Blesa argumenta que los autos del juez Silva son prolijos en "descalificaciones" y emplean un "tono despectivo y denigrante" que revelan su falta de imparcialidad y "contaminación" para instruir la causa seguida contra su cliente.
Así lo expone en el escrito de recusación, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que esgrime que el magistrado "condena" en sus autos a su representado incluso antes de iniciar la instrucción, lo cual constituye la "máxima expresión de la injusticia" y refleja un "juicio previo peyorativo" contra el acusado.
"El instructor se pronuncia sobre el desarrollo profesional de nuestro representado en un tono despectivo y denigrante que determina y constata sus prejuicios contra Miguel Blesa y lo inhabilita para instruir la pieza separada sobre la que se ha arrogado la competencia", sostiene en relación con la compra del banco radicado en Miami.
En su opinión, las resoluciones del instructor contienen consideraciones de fondo "tan minuciosas como arbitrarias" y son prolijas en "descalificaciones" contra Blesa sobre su "mala gestión, ausencia de mínima diligencia, ignorancia deliberada" e "inactividad" que, a todas luces, le incapacitan para llevar a cabo esta investigación.
A su juicio, el juez Silva ha evidenciado su interés en la causa al "querer orientar" las declaraciones sobre el que fuera presidente de Caja Madrid en un sentido que luego desarrolla en sus resoluciones. Ello hace pensar a la defensa que el magistrado tiene ya "una opinión fundada y resuelta" sobre la culpabilidad de Blesa, lo cual se hace "tan evidente" que incluso anticipa una posible calificación jurídica.
"Un instructor, que ya ha hecho un pronunciamiento anticipado de
la eventual culpabilidad del recusante en términos tales que ha sido su sola voluntad, haciendo no solo un juicio de tipicidad, sino una elaboración de hechos que no se corresponden con la realidad, no puede ser calificado como un Juez ni imparcial ni independiente", determina.
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