Economía

Hacienda aclara que la fiscalidad de las pérdidas del juego no genera créditos fiscales

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha asegurado que la fiscalidad de las pérdidas del juego no genera créditos fiscales, y únicamente podrán minorar la ganancia patrimonial "siempre que estén debidamente acreditadas", informó el gabinete dirigido por Cristóbal Montoro en un comunicado.

El año pasado, atendiendo a la naturaleza y objeto del Impuesto sobre la Renta y con la finalidad de gravar el incremento real que se produce en el patrimonio del contribuyente derivado de su participación en las distintas modalidades de juegos, la Ley 16/2012 estableció la posibilidad de compensar las pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo con las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período y hasta el límite de éstas últimas, de manera que sólo tribute la ganancia patrimonial neta que, en todo caso, se integrará en la base imponible general del contribuyente a su tipo marginal.

No obstante, en el caso de los juegos de loterías que han pasado a gravarse a partir de 1 de enero de 2013 (reservados a operadores del Estado, ONCE, Cruz Roja, etc.), "el tipo aplicable es de un tipo único del 20% (muy inferior al tipo marginal) para el importe de los premios que exceda de 2.500 euros", señala Hacienda.

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