Economía

La Justicia da la razón a Hacienda en su pulso con las multinacionales

  • Yahoo, Samsung, Apple, Facebook o Amazon son un objetivo prioritario
  • Los jueces dan la razón al Fisco frente a Dell, Ikea, Lotus, IFF y Roche
Cristobal Montoro, ministro de Hacienda y Presupuestos. Foto: archivo

La polémica generada en torno a algunas multinacionales, sobre todo del sector tecnológico, como Google, Yahoo, Dell, Hewlett Packard, Apple, Facebook o Amazon en relación a los pocos impuestos que pagan en España se ha convertido en objetivo prioritario para la Agencia Tributaria(Aeat), según las más diversas fuentes.

Sin embargo, estas empresas no son las únicas que se encuentran señalas en rojo en la agenda inspectoras, puesto que otras como Coca-Cola, Carrefour o Ikea levantan las sospechas de actuaciones en fraude ley por las operaciones de fusiones, reestructuraciones e intercambios de activos entre sociedades de grupos consolidados.

El informe Global M&A Predictor de KPMG pronostica para 2013 un incremento de las fusiones y adquisiciones por parte de las mayores empresas del mundo.

Es preferible pactar

Generalmente, las multinacionales, una vez que conocen la liquidación de Hacienda, suelen llegar a acuerdos negociados para evitarse ingentes gastos, incluidos recargos e intereses de demora, así como para evitar el enorme desgaste de imagen que la publicación de estos asuntos conlleva. En la mayoría de las ocasiones se trata de interpretaciones interesadas de la normativa.

Pero no solo pactan por el ahorro, sino porque la jurisprudencia está dando la razón a Hacienda en la mayoría de los casos.

La puesta en marcha en la Aeat de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (Onfi) para coordinar las actuaciones inspectoras en esta materia ha levantado nerviosismo entre las multinacionales, que estudian nuevos diseños.

Sin embargo, también ha surgido la tensión entre los miembros de la Inspección de Hacienda, preocupados por la complicación de estos casos, que pueden durar años y que extienden sus ramificaciones por todo el mundo, así como por la falta de medios y efectivos que sufren en la actualidad.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha definido como "planificación fiscal agresiva" entre multinacionales. La acusación de la Aeat se refiere a que ciertos grupos empresariales con presencia internacional cargan gastos exagerados en su matriz española para deducirse los gastos financieros generados, en parte, fuera del país. Hacienda ha rebajado el nivel de estos gastos deducibles para evitar estas prácticas.

Un ejemplo, es el de Telefónica, que en una de las inspecciones sólo llegó a un acuerdo parcial de liquidación , en mayo de 2012, por lo que la Audiencia Nacional únicamente falló, a favor de Hacienda, sobre las cuestiones no solucionadas, referidas a deducciones por exportación en compraventa de participaciones y provisiones de depreciación en Latinoamérica. La deuda tributaria reclamada era de 6,7 millones de euros.

En el caso de Ikea se deniega el derecho a la deducción por actividad de exportación de bienes porque sólo un 2,6 por ciento (1,2 millones de euros) corresponde a productos fabricados en España, por lo que se incumple la finalidad de fomentar las exportaciones.

Establecimiento permanente

En la Aeat son conscientes de que es necesaria una actuación mucho más rápida que la que se venía realizando con este tipo de sociedades. Así, Hewlett Packard Holding Iberia se ha visto beneficiada por la prescripción de estas operaciones, según dictaminó la AN, en sentencia de 24 de enero de 2013.

El Tribunal Económico Administrativo (Teac) ha señalado, en resolución de 15 de marzo de 2012, que en el caso de Dell, que ya lo ha recurrido ante la AN, la existencia de una sociedad, con personal dedicado a la página web para el mercado español, determina la existencia de un establecimiento permanente, puesto que no es necesaria la presencia en España de un servidor operado por la empresa, siguiendo las tesis de la OCDE.

Este mismo año, el Tribunal Supremo, en sentencia de 12 de enero, determinaba que la actividad de fabricación y promoción de ventas de la filial española del grupo suizo Roche Vitamins Europe Ltd, Roche Vitaminas SA, constituía un establecimiento permanente en España de la suiza. Así, la sociedad suiza no tiene un establecimiento permanente en el sentido típico, pero sí entiende que el lugar donde su agente en España desarrolla su actividad debe considerarse "lugar fijo de actividad de la no residente".

En esta misma línea, ya se había pronunciado la AN, en el caso Borax España. dedicada a la producción de productos químicos.

Sobre el reparto de dividendos la AN (sentencias de de 27 de junio de 2011 y 7 de febrero de 2013) ha fallado en contra de la química IFF, al considerar que se dedujo una pérdida provocada por un acto "propio de voluntad" y que su reestructuración fue simulada.

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