Economía

Economía.- CNC multa con 350.000 euros a los Colegios de Odontólogos por invadir competencias de los protésicos dentales

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha multado con 350.000 euros al Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Médicos Estomatólogos de España (CGCOE) al considerar que ha infringido la normativa de competencia con los profesionales de los protésicos dentales.

Esta decisión se sustenta en la demanda que efectuaron los organismos colegiales representativos de los protésicos dentales en el año 2010, al considerar que el CGCOE estaba realizando diversas prácticas fuera de su ámbito competencial.

Como ejemplo cita la aprobación por parte del Consejo General de un Código Deontológico de limitar la libre elección del sanitario protésico dental por parte del paciente, consiguiendo así elevar el margen de beneficio que los dentistas obtienen por la implantación de prótesis.

Asimismo, estos organismos consideraron que el CGCOE había realizado declaraciones y publicado noticias de carácter "denigratorio" hacia los protésicos dentales, y, a su vez, habían fijado honorarios orientativos y cuitas de entrada colegiales que, a su juicio, eran "excesivas".

Tras estudiar esta demanda, la Comisión Nacional de la Competencia ha considerado acreditado que el Consejo General ha incurrido en conductas prohibidas por la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, consistentes en la recomendación a los colegios profesionales de dentistas, y a los propios dentistas, de no permitir a los pacientes elegir libremente el protésico dental y en la fijación de honorarios orientativos de referencia.

Ahora bien, este órgano instructor ha reconocido que no aprecia indicios de infracción por parte del Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Médicos Estomatólogos de España en cuanto a que la fijación de cuotas de entrada colegiales eran "excesivas", como así lo consideraban los profesionales de las prótesis dentales.

MULTA CON 200.000 EUROS POR COORDINAR EL COMPORTAMIENTO DE LOS DENTISTAS

En concreto, la Comisión Nacional ha impuesto una multa al CGCOE de 200.000 euros por los actos y campañas de comunicación que ha realizado este organismo para coordinar el comportamiento de los odontólogos con respecto a su relación con los protésicos que se consideran restrictivos de la competencia y que son contrarios al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

Esta resolución parte de la base de que los odontólogos tienen libertad de prescripción del tratamiento de prótesis y de que pueden negarse a trabajar con un determinado protésico que no sea de su confianza. Ahora, considera que este derecho a trabajar con profesionales de confianza no puede, mediante acuerdo colegial, llevarse al extremo de que este profesional se reserve para sí la elección del protésico.

"Este tipo de actuaciones, acordadas desde un órgano representativo del sector, suponen la coordinación del comportamiento de los odontólogos para imponer a los pacientes el protésico de su elección, interfiriendo con el principio de que las profesiones colegiadas se ejerzan en régimen de libre competencia. Con esta actuación colegial, los odontólogos son capaces de imponer unas condiciones comerciales que hacen que los protésicos vean mermada su capacidad de competir para captar pacientes y el interés de éstos se vea perjudicado porque ven restringida su capacidad de elección y existe un cierto riesgo de que los precios que terminen pagando sean más elevados", ha señalado la CNC.

Dicho esto, este órgano ha aclarado que la conducta del Consejo General no supone amparar "ningún tipo" de actuación individual o colectiva por parte de los protésicos dentales que pueda favorecer el intrusismo profesional en perjuicio de otros colectivos ni, "desde luego", la salud de los pacientes. Pese a ello, ha decidido imponerles por este hecho una multa de 200.000 euros.

EL CGCOE PAGARA 150.000 EUROS

Del mismo modo, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha considerado que el Consejo General ha cometido otra infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia al recomendar honorarios orientativos.

Y es que, ante la previsión en el año 2008 de la modificación de la normativa colegial para que los honorarios orientativos desaparecieran, el Consejo General encargó a un tercero un estudio detallado sobre los precios practicados para un listado de servicios prestados por los odontólogos.

El estudio fue difundido en 2011 entre los colegiados por diversos medios una vez declarados ilícitos los honorarios orientativos, por lo que, una vez analizado su contenido, su finalidad declarada, de quién proviene, la difusión que del mismo se hace entre la profesión y el momento en que se produce su publicación, el CNC ha concluido asegurando que esta iniciativa constituye una recomendación de precios orientativos prohibida por la Ley.

"Consideramos que el Consejo General de Colegios de Odontólogos y Médicos Estomatólogos de España es responsable de esta conducta y le imponemos una multa de 150.000 euros", ha zanjado el Consejo de la Comisión Nacional de Competencia.


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