Madrid, 1 abr (EFECOM).- La ampliación del plazo para el primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, que el Gobierno aprobará previsiblemente en el Consejo de Ministros del 18 de abril, será hasta el 28 de abril, y el cargo en cuenta de este tributo a las empresas se producirá el 5 de mayo.
Así consta en la información que la Agencia Tributaria ha colgado en su web acerca de esta nueva norma, que permitirá flexibilizar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
El plazo previsto para el primer pago fraccionado eran los veinte primeros días de abril (hasta el 21 por ser domingo el 20), y con el Real Decreto se amplía una semana, para facilitar así el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a los contribuyentes afectados por la entrada en vigor este año de la nueva normativa contable.
La Agencia Tributaria se ha puesto en contacto con sus "colaboradores sociales", como asociaciones empresariales y asesores fiscales, para que colaboren en la difusión de esta ampliación del plazo, y así las empresas que así lo deseen puedan efectuar el pago más tarde, una vez aprobado el Real Decreto, según fuentes de este organismo.
En la página web de la Agencia están colgados los detalles de este cambio normativo, entre ellos el compromiso de no modificar el modelo de autoliquidación, el más utilizado por las pymes.
Hacienda recuerda que las pymes que apliquen el método de la cuota y quieran seguir haciéndolo no se ven afectadas por el Real Decreto en lo que se refiere a la ampliación del plazo de presentación e ingreso del citado modelo.
De acuerdo con el nuevo plazo, las pymes podrán presentar el modelo de autoliquidación y efectuar el ingreso correspondiente desde el 1 de abril hasta el 5 de mayo, ambos inclusive.
La información sobre el nuevo real Decreto y su aplicación se encuentra en la dirección de internet www.aeat.es. EFECOM
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