Afirma que la medida de gracia no supone borrar los antecedentes penales del consejero delegado del Santander
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín Casallo, recuerda en un escrito remitido recientemente a la Sala de lo Penal del alto Tribunal que el alcance que debe darse al indulto otorgado al consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, está aún pendiente del resultado de la impugnación presentada contra el citado acuerdo del Gobierno socialista en otra Sala de este órgano, la de lo Contencioso-Administrativo.
La fijación de los criterios de este indulto tienen gran importancia en lo referido a los antecedentes penales del banquero, que fue condenado en el 'caso Banesto', pues podrían determinar su inhabilitación o no como consejero en cualquier entidad bancaria.
Esta aclaración se incluye en un escrito remitido por Martín Casallo el pasado 13 de noviembre a resultas del recurso de súplica presentado por el partido político Soberanía de la Razón (Soberanir) contra la decisión del Alto Tribunal de archivar su querella contra el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero y el exministro de Justicia Francisco Caamaño por la concesión del citado indulto.
En el auto de archivo de la querella, según recuerda ahora la Fiscalía, se señalaba que "la medida de gracia afecta sólo a las penas y no borra la existencia misma de la sentencia condenatoria ni el efecto de ésta consistente en la generación 'ex lege' de un atencedente penal, en todo caso, pues, subsistente y resistente al indulto".
Frente a las acusaciones vertidas por Soberanir en su recurso sobre la existencia de "maniobras" por parte del presidente del Santander, Emilio Botín, y manifestaciones del indultado respecto al alcance que debe darse al decreto de indulto, según señala el teniente fiscal en su escrito, hay que recordar que dicha disposición "se halla pendiente de impugnación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, siendo la resolución de la misma la que marque de manera definitiva los criterios que fijen el alcance" de la medida.
Con ocasión de la querella contra Rodíguez Zapatero y Caamaño, la Sala de lo Penal se alineó con el Ministerio Fiscal y archivó la querella interpuesta por la formación política, de la que forma parte el abogado José Luis Mazón, al entender que lo ocurrido no podía incardinarse en un delito de prevaricación administrativa.
La decisión del Ejecutivo del PSOE, adoptada cuando ya se encontraba en funciones, eximió a Sáenz de una condena a tres meses de arresto e inhabilitación por denuncia falsa.
La pena le fue conmutada por una de multa, "quedando sin efecto cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años".
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