Madrid, 14 jul (EFECOM).- La Secretaría General de la Comisión Europea ha confirmado la decisión del Colegio de Comisarios de llevar al Gobierno de España ante el Tribunal de Luxemburgo por la incorrecta transposición de la Directiva de Morosidad que afecta a los plazos de pago de la industria agroalimentaria.
Según informó hoy la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), la Ley española que establece medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales no recoge lo que se dispone en la Directiva comunitaria en dos aspectos fundamentales.
Explicó que, por un lado, la norma española no otorga legitimación a las organizaciones empresariales para denunciar, en nombre de sus empresas miembro, situaciones de posición de dominio por cláusulas abusivas en los contratos proveedor/cliente.
Asimismo, indica que la norma española no respeta el espíritu de la Directiva europea, ya que establece que los gobiernos no consientan la financiación de los operadores económicos a costa de sus proveedores, situación que la ley consagra al marcar unos plazos máximos para los productos del sector de alimentación de 30 días en los productos perecederos y de hasta 90 días en los no perecederos.
La FIAB recordó que denunció la incorrecta transposición de la Directiva ante la Comisión Europea el pasado 28 de enero de 2005, lo que ha provocado que el Colegio de Comisarios presente la demanda ante el Tribunal de Luxemburgo.
Consideró necesario corregir la normativa española al respecto, con el objetivo de que se protejan los intereses del sector, uno de los principales perjudicados por el aplazamiento de pago aplicado por la distribución comercial, que en España sigue alcanzando medias superiores a los 90 días.
FIAB denunció anteriormente a España ante las autoridades comunitarias por la lentitud en la transposición de la norma europea a nuestro ordenamiento jurídico, hecho que fue admitido a trámite por el Tribunal de Luxemburgo en septiembre de 2004, y que posteriormente se resolvió con la redacción de la actual Ley. EFECOM
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