
Madrid, 27 sep (EFE).- El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy una nueva reducción del número de delegados sindicales, que tendrá efectos de 1 de octubre, es decir, del próximo lunes, en aplicación otra vez de un Real decreto del Gobierno central.
Primero fue el Plan de Ajuste aprobado en marzo para poder acogerse al crédito para el pago a proveedores el que introdujo determinadas modificaciones con relación al régimen de derechos y garantías sindicales en cuanto al número de delegados sindicales y de liberados, derivadas de las exigencias del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero.
Entonces se estableció una reducción en dos tercios del número de representantes de los sindicatos en el consistorio de la capital, que quedarían en 130 al suprimir 268 de los 398 liberados institucionales y delegados sindicales del Ayuntamiento.
La entrada en vigor de aquella medida se aplazó del 1 de julio al al 1 de septiembre a solicitud de los sindicatos, para no trastornar los turnos de vacaciones de los afectados y de los servicios del consistorio a los que se deben reincorporar.
Sin embargo, ahora, el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, vuelve a incidir sobre la regulación de los derechos y garantías sindicales en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, según han informado a Efe fuentes municipales.
El artículo 10 de ese Real Decreto-ley 20/2012 obliga a que los derechos sindicales contemplados en los acuerdos suscritos con los sindicatos cuyo contenido exceda de los establecidos en las normas legales habrán de ajustarse de forma estricta a lo establecido en dichas normas.
Se refiere a tiempo retribuido para realizar funciones sindicales y de representación, nombramiento de delegados sindicales y dispensas totales de asistencia al trabajo y demás derechos sindicales.
Según el Ayuntamiento, las consecuencias de la adaptación exigida por el Real Decreto-ley 20/2012 en materia de derechos y garantías sindicales obliga a en el ámbito de los delegados de Sección Sindical a reducirlos de los 130 resultantes de la aplicación del Plan de Ajuste a un total de 77.
Además, el crédito horario correspondiente a los delegados de Sección Sindical pasa de 7.150 a 2.965 horas mensuales, equivalentes en términos anuales a 30 efectivos.
En el ámbito de los representantes unitarios, su número se mantiene en 230 en el conjunto del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos dado que es algo que viene establecido por ley en función del número de empleados y no se ha visto alterado por el Real Decreto-ley 20/2012.
En cambio, el crédito horario correspondiente a los representantes unitarios pasa de 11.240 a 8.045 horas mensuales, equivalentes en términos anuales a 23 efectivos.
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