El Tribunal Constitucional (TC) ha fallado a favor del Gobierno catalán el recurso que interpuso en 2010 contra el Real Decreto 199/200 por el que el Gobierno regula la venta ambulante o no sedentaria, ha informado la Consejería de Empresa y Empleo en un comunicado.
BARCELONA, 17 (EUROPA PRESS)
En la sentencia, con fecha 2 de julio, el TC ha considerado que la normativa estatal vulnera las competencias de la Generalitat en materia de comercio interior, en concreto, las referentes a la regulación administrativa de todas las modalidades de venta.
Así, el Alto Tribunal ha reconocido la competencia de la Generalitat para regular las autorizaciones administrativas de venta ambulante, el régimen de inspección y la sanción en esta materia.
También le ha reconocido la competencia para fijar el resto de condiciones para el ejercicio de esta actividad, a la vez que ha destacado que la venta ambulante tiene una incidencia básicamente local.
La Generalitat planteó en 2010 ante el TC un conflicto positivo de competencias porque consideró que el Real Decreto que regulaba detalladamente la venta ambulante invadía competencias del Estatut, como ya había dictaminado el Consejo de Garantías Estatutarias.
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