MADRID, 30 (SERVIMEDIA)
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha estimado la reclamación de un cliente contra Caja Ávila (ahora BANKIA (BKIA.MC) y ha impuesto a la entidad una multa de 50.000 euros. El cliente denunció que se le había incluido en un listado de morosos, sin avisarle ni requerirle previamente que pagase 128,37 euros.
Según informa el portal 'salirdeinternet.com', la AEPD señala en su resolución que “no existe documentación que acredite la realización del requerimiento previo de pago, pues de las copias de las cartas aportadas, no se tiene constancia de su recepción”.
La sanción que ha impuesto la AEPD, de 50.000 euros, ha tenido en cuenta la vulneración del “principio de la calidad del dato”. Y podría haberse sancionado con un importe de hasta 300.000 euros, al tener la infracción imputada la consideración de grave.
(SERVIMEDIA)
30-JUN-12
R/gja
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