MADRID, 6 (SERVIMEDIA) Hoy ha entrado en vigor la orden del Ministerio de Economía y Hacienda que rige las valoraciones de suelo para casos de expropiación.
Esta orden modifica otra de 2003 para añadir una disposición adicional con el principio de prudencia en relación con la posibilidad expropiatoria.
Con esta orden ministerial se concretan en cuatro los supuestos en que los tasadores pueden hacer referencia en sus valoraciones a la posibilidad de expropiación.
En concreto, las posibilidades que se recogen son: cuando se haya iniciado la expropiación del inmueble, cuando se apruebe un plan que conlleve la declaración de utilidad pública de un terreno y cuando se declare el incumplimiento de los deberes inherentes al proceso de urbanización o de edificación del suelo, así como el agotamiento del plazo otorgado.
Según la orden, en estos supuestos la valoración corresponderá a la menor entre la resultante de aplicar los criterios establecidos en la Ley del Suelo, en vigor desde el pasado 1 de julio.
(SERVIMEDIA) 06-MAR-2008 BPP/caa
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