Economía

Bruselas implantará el año próximo nuevos impuestos a los carburantes

Jose Manuel Durao Barroso, presidente de la Comisión Europea. Foto: Archivo.

El Parlamento Europeo estudiará el próximo 18 de abril la modificación de la directiva de imposición energética. La propuesta, que se puso sobre la mesa ya en 2009, obligará a los estados miembros a elevar los impuestos de los productos energéticos.

La Comisión Europea ha recibido ya el informe del Comité Económico y Social europeo, al que ha tenido acceso elEconomista, en el que se asegura que se debe enviar una "señal de precios fuerte" para imponer un cambio de mentalidades y comportamientos.

El Comité recomienda que se grave la mayor parte de los tipos de energía de manera uniforme en función de su emisión de CO2 y destaca que la electricidad no está sometida al mismo tratamiento que las demás energías.

Así, en esta revisión de la Directiva de la Imposición de la Energía se introduce dos factores de imposición para cada carburante o combustible. De un lado, la imposición ligada a la emisión de CO2 y, por otro, la imposición ligada al contenido energético.

Con este premisa, el impuesto sobre el CO2 es idéntico para los carburantes y combustibles y ascenderá a 20 euros por tonelada, es decir a 0,053 euros por litro para todos los gasóleos (ya sean de calefacción o no).

Sin embargo, el Comité Económico y Social Europeo se queja de que el impuesto general energético para los carburantes sea de 9,6 euros por gigajulio, es decir 0,316 euros por litro de gasóleo, y tan sólo de 0,15 euros por gigajulio para los combustibles, es decir 0,0054 euros por litro de gasóleo de calefacción.

Por ello, el Comité Económico y Social Europeo solicita que "aumente gradualmente esta tasa para que sea perceptible para los consumidores", con el fin de reducir el consumo de combustibles y justificar las inversiones de agentes económicos en la innovación energética para el hábitat y las necesidades industriales.

Entre otros cambios que recoge la revisión de la directiva destaca que varios sectores industriales, que son grandes consumidores de energía, hasta ahora no entraban en el ámbito de aplicación de la Directiva, pero con la modificación se han incorporado a la imposición y será penalizados con nuevas tasas tanto sobre su consumo como sobre sus emisiones.

Sin embargo, otros sectores quedan excluidos, total o parcialmente, como la agricultura, construcción, obras públicas, transporte público y de las fuerzas armadas, recogida de residuos, administraciones públicas, ambulancias, así como la electricidad consumida por los hogares.

Una de las principales modificaciones de este texto se centra también en la exclusión de los taxis de esta disposición, así como el transporte aéreo (salvo el transporte privado) y el transporte marítimo comunitario (salvo la navegación de recreo privada).

Además, los biocarburantes dejan de estar gravados como sus equivalentes fósiles y se les aplicará el impuesto general energético. La razón estriba en que los biocarburantes no son todos renovables porque algunos pueden emitir más CO2 que el que consumen.

Tras esta precisión, los biocarburantes renovables no estarán sujetos a la nueva imposición, dado que por su naturaleza su emisión de CO2 se considera nula. Por su parte, los biocarburantes no renovables estarán sujetos al impuesto de CO2, al igual que los productos convencionales.

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