CC.OO y UGT llevan todo el fin de semana estudiando de forma global la propuesta de servicios mínimos para la huelga general del 29 de marzo que les hizo el viernes la Comunidad de Madrid y han asegurado que dicho documento mantiene muchas cuestiones que fueron rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que anuló parcialmente el decreto fijado en la región para la huelga general de septiembre de 2010.
MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
Fuentes sindicales han explicado a Europa Press que en aspectos generales han estudiado la propuesta comparándola con el decreto de septiembre de 2010 y la sentencia del TSJM y han observado que hay "una gran similitud" entre el documento presente y que se dictaminó para la anterior jornada de paros generales.
No obstante, han señalado que en lo que no se asemejan ambos papeles es en el aspecto formal, pues el Tribunal madrileño en la sentencia que dictó planteaba que era necesario que el anexo en el que se recogían los mínimos se incluyera dentro del texto y no fuera, y el Gobierno regional ha cambiado esa cuestión.
"Mantienen los mismos planteamientos del decreto que fue anulado porque vulneraba la ley de huelga", han sostenido las mismas fuentes, quien aseguran que en el presente texto falta "la motivación" en la mayoría de las cuestiones o "la naturaleza del servicio esencial". Por ejemplo, se contempla al Canal de Isabel II como servicio esencial, cuando para los sindicatos, no lo es.
En su opinión, el texto también refleja "falta de proporcionalidad" a la hora de determinar una situación que no tiene por qué tener el servicio de cien por cien. "Gran parte de las cuestiones que ha decretado como nulas se vuelven a mantener en el documento que se nos ha entregado", han insistido.
No obstante, entienden que en principio, mañana lunes, podrán acercar posiciones con el Gobierno regional. La cita será a las 18 horas, y consistirá en una primera toma de contacto pues será el martes cuando se analicen los servicios mínimos por sectores (por orden, educación, sanidad, transportes, servicios sociales y otros).
La Comunidad de Madrid ha dado de plazo hasta el miércoles por la noche para llegar a un acuerdo, pues el Consejo de Gobierno último antes de la huelga general se celebra el jueves, y según el Ejecutivo autonómico, tiene que aprobarse en esta reunión.
Se trata de unos plazos muy "escasos" para los sindicatos, que apuestan por que en Madrid, siempre que se esté de acuerdo, se apliquen los que el Estado pueda dictar a nivel general en materias, por ejemplo, como el transporte.
MÍNIMOS DEL 40% EN TRANSPORTE
En la propuesta entregada por la Consejería de Presidencia y Justicia se recogen unos servicios mínimos del 40 por ciento, variando de esta manera el porcentaje que se estableció para septiembre de 2010, cuando el Ejecutivo autonómico fijó unos servicios mínimos del 50 por ciento en hora punta y del 20 por ciento en hora valle.
En este punto, los sindicatos consideran que el tanto por ciento que se tiene que fijar como servicio mínimo se tiene que hacer en función del recorrido y no en función de las empresas que lo realizan. Es decir, que si un trayecto como Colmenar Viejo-Madrid está cubierto por Renfe, "no tiene sentido que se establezcan servicios mínimos en el resto de transportes como puedan ser el autobús o el Metro, en el caso de que lo hubiera", apuntan.
El resto de cuestiones, como los centros educativos, se mantienen igual que en 2010. Se abrieron los colegios contando con el director, el jefe de estudios y el auxiliar de control, mientras que en las escuelas infantiles se fijaron unos mínimos del 25 por ciento y en Educación especial, el 35 por ciento.
En centros hospitalarios, se acordó que plantilla fuera la de un domingo o un festivo, además de las actividades programadas y urgentes, oncología, cuidados paliativos, diálisis y radioterapia y las urgencias de los diferentes hospitales.
SENTENCIA SOBRE LOS MÍNIMOS DE LA ANTERIOR HUELGA
Tras celebrarse la huelga general del 29 de septiembre de 2010, los sindicatos recurrieron el decreto de los servicios mínimos y el TSJM acabó anulando parte del mismo. En relación a los servicios mínimos comunes, el Alto Tribunal madrileño entendió que realmente lo eran pero que en el texto no se recogía "motivación alguna", al igual que en las actividades judiciales.
Los magistrados apuntaron "por qué en una huelga de un sólo día de duración han de fijarse unos mínimos que pueden ser superiores a los que se prestan un día festivo".
En el capítulo educativo, los jueces dieron la razón a la Comunidad en que se trata de un "servicio esencial", si bien no comparten que "en una huelga de un sólo día" no está justificada "la fijación de mínimos para prestar el servicio de comedor en los centros docentes ordinarios".
No obstante, vieron "razonable que una huelga de un día, el parámetro sea el del personal de domingos y festivos" aunque recordaron que hay centros no hospitalarios que no abren este tipo de días y sí estaban dentro de los mínimos de la huelga.
"En cuanto a los servicios mínimos del SUMMA 112, se fijaron mínimos que van del 100 al 50 por ciento sin que se justifique suficientemente esa diferenciación ni su cuantificación en esos porcentajes", añadió además la sentencia.
"Sin embargo, debemos considerar suficientemente razonado el por qué del establecimiento de servicios mínimos en las áreas de Salud Pública, Servicios Oficiales Veterinarios, Laboratorio Regional de Salud Pública, Inspecciones Sanitarias y el Servicio Madrileño de Salud", exponen los magistrados.
"También hay una falta de motivación", explican los jueces en relación al 50 por ciento de mínimos en horas punta y al 20 por ciento en el resto de horas del día en los transportes regulares de uso general. "No es ocioso destacar que para esa misma jornada de huelga general, en Cercanías RENFE, Fomento fijó unos mínimos sensiblemente inferiores, sobre todo en horas punta", advirtió también la sentencia.
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