La consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta, ha dictado una nueva orden, acatando el Auto de este martes de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que en lo que se refiere al "Servicio de trenes" entiende el ejercicio del derecho de huelga condicionado al mantenimiento de los servicios mínimos del 48 por ciento de los servicios ordinarios de un día habitual.
BILBAO, 20 (EUROPA PRESS)
De esta forma, la Consejería acata el auto del TSJPV que suspende cautelarmente la orden de este lunes del Departamento de Trabajo del Gobierno vasco que establecía los servicios mínimos durante la huelga que los trabajadores de Metro Bilbao han convocado para este miércoles, DIA (DIA.MC)de Santo Tomás, entre el 60 y el 70 por ciento.
En su orden de este martes, Zabaleta señala que mediante el Auto del TSJPV, en el que "únicamente se hace mención a los servicios mínimos establecidos para los trenes" que han de circular dicho día, la Sala ha acordado "acceder a la suspensión cautelar de la Orden de 19 de Diciembre de 2011 de la consejera de empleo y Asuntos Sociales por la que se garantiza para dicho día el servicio esencial de transporte de personas que presta la empresa Metro Bilbao, S.A., suspendiendo los servicios mínimos fijados en cuanto exceden del 48 por ciento de los servicios ordinarios de un día habitual".
Acatando lo establecido en dicho Auto, la consejera ha dictado una nueva orden por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2011, en lo que afecta al servicio de trenes, manteniendo el resto de las disposiciones establecidas en la citada Orden respecto a puesto de mando centralizado, área de mantenimiento o supervisión de estaciones.
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