Economía

Economía/Energía.- La CNE emite un informe sobre el decreto del gas natural y no aborda la nueva legislación eólica

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

El consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha emitido un informe sobre el proyecto de real decreto por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, y no ha abordado la nueva legislación eólica, indicaron a Europa Press en fuentes del regulador.

En un comunicado, la CNE indica que, entre sus comentarios a la nueva norma del gas, figura el de que el reglamento es necesario para recoger las modificaciones introducidas por los cambios legislativos y, en particular, por la desaparición del suministro a tarifa por parte del distribuidor y su sustitución por la actividad de comercialización de último recurso.

La propuesta incorpora los derechos de los consumidores recogidos en la Directiva Europea 2009/73/CE, señala. Entre estos derechos figuran los de información de precios y tarifas, información de su consumo de gas y derecho a disponer de un procedimiento para tramitar reclamaciones, entre otros.

Adicionalmente, la norma incluye la obligación de que los comercializadores dispongan de un teléfono de atención al cliente gratuito. Estas modificaciones se valoran positivamente por la CNE.

La CNE considera además adecuadas las mejoras del proceso de cambio de comercializador introducidas. En particular, implanta los Principios Generales de los Procedimientos de Cambio de Suministrador elaborados conjuntamente por la OCSUM y la CNE, y evita la necesidad de traslado de documentos del comercializador a los distribuidores para gestionar el cambio de suministrador.

Asimismo, se propone modificar la composición del Consejo de Administración de la Oficina de Cambio de Suministrador para mejorar el grado de representatividad de todos los agentes del sistema.

El proyecto asigna tanto a la CNE como a las Comunidades Autónomas la tramitación de las reclamaciones de los consumidores. El regulador recuerda que las competencias para la resolución de las reclamaciones de los consumidores y usuarios se encuentran transferidas a las Comunidades Autónomas.

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