MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que fija que la reducción a 10 miligramos por kilogramo del contenido de azufre en los gasóleos B que se emplean para la navegación (incluyendo pesca, navegación interior y embarcaciones de recreo), vehículos ferroviarios y maquinaria agrícola y forestal se aplicará a partir del 1 de enero de 2012.
La nueva normativa modifica de esta forma el inicio de la aplicación de las nuevas especificaciones de contenido de azufre, en línea con las directrices de la Unión Europea.
No obstante, el decreto precisa como excepción el gasóleo B empleado en pesca, que no estará sujeto a los nuevos límites.
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