CORDOBA, 3 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Social número cuatro de Córdoba ha fijado para el próximo 29 de noviembre la celebración del primer juicio de los que tendrán lugar tras las demandas presentadas por ex empleados de BBK Bank CajaSur contra dicho banco, para reclamar cantidades económicas que entienden que éste les adeuda, en concepto de indemnización, tras su desvinculación laboral del mismo.
Así lo ha anunciado, en declaraciones a Europa Press, el abogado José Angel Palomares, que representa a los cuatro ex trabajadores a los que se refiere este primer juicio y también a otros ex empleados del mencionado banco, hasta un total de 78, que presentaron en su día reclamaciones de cantidad respecto a sus indemnizaciones, tras su inclusión en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) del banco, que afectó a 650 trabajadores.
A esta situación se ha llegado después de que se hayan celebrado ya, sin acuerdo entre las partes, dos actos de conciliación en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) de la Junta de Andalucía en Córdoba, tanto el pasado 20 de mayo, como este viernes, afectando en ambos casos a un total de 50 ex empleados, mientras que resta por celebrar un tercer y último acto de conciliación, previsto para el próximo 10 de junio, en este caso referido a otros 28 ex trabajadores.
La discrepancia entre las cuantías pagadas por BBK Bank CajaSur y las que ahora reclaman estos ex empleados se debe, según Palomares, a que el acuerdo laboral sobre el ERE alcanzado entre la entidad y los representantes de los trabajadores (los sindicatos Aspromonte, CCOO y UGT) el pasado mes de enero fijaba la base del cálculo en el salario bruto, pero los reclamantes sostienen que se ha efectuado este finiquito atendiendo al sueldo fijo, que es más bajo porque no tiene en cuenta algunos de los complementos salariales.
A esto se suma que el pacto incluía respetar las tablas de sueldos de 2009, ya que en 2010 descendió la masa salarial, manteniendo los afectados que en algunos casos no se ha estimado esta circunstancia. Por último, otro de los factores que observa este grupo de ex trabajadores a la hora del cálculo de lo que se les debe es la liquidación del mes de marzo, la inclusión del prorrateo de las pagas extraordinarias o las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
El acuerdo laboral señala que el cálculo se hará dividiendo entre 12 el salario bruto anual que tuviera el empleado en el momento de la extinción y, como ya adelantó este letrado en su día, las diferencias podrían alcanzar los 20.000 euros en algunos casos.
Según el acuerdo laboral suscrito por empresa y sindicatos, los trabajadores acogidos a prejubilaciones han cobrado una paga lineal de 30.000 euros y recibirán el 87 por ciento de su nómina hasta su jubilación efectiva, mientras que los empleados que aceptaron la suspensión temporal de su contrato hasta un máximo de cuatro años reciben un 25 por ciento de su sueldo durante dicho tiempo.
Finalmente, los trabajadores que optaron por las bajas incentivadas han cobrado una paga lineal de 6.000 euros y el equivalente a entre 12 y 30 meses de sueldo, según su antigüedad en la entidad, indemnizaciones éstas que se sitúan, según los sindicatos firmantes del acuerdo, muy por encima de lo que estable la normativa y de las que se están pagando en el sector.