Economía

El Tribunal de Luxemburgo acoge este martes otra vista sobre las vacaciones fiscales vascas

El Tribunal de Luxemburgo acogerá este martes una nueva vista sobre las denominadas vacaciones fiscales vascas, en la que se abordarán el crédito fiscal del 45 por ciento del importe de las inversiones y las "minivacaciones" fiscales.

BILBAO, 9 (EUROPA PRESS)

A Luxemburgo está previsto que se desplacen representantes de las tres diputaciones forales, así como el Abogado del Estado, que trasladarán los mismos planteamientos al tribunal.

Fuentes de las instituciones forales han manifestado a Europa Press, que en la vista de este martes defenderán la actuación que han desarrollado para la devolución de las ayudas por parte de las empresas beneficiarias.

En concreto, en la vista se analizará el crédito fiscal del 45 por ciento, que abría la posibilidad de deducir en el Impuesto de Sociedades ese porcentaje en el caso de nuevas inversiones superiores a los 15 millones. También se abordarán las minivacaciones fiscales, que suponían un rebaja gradual en el Impuesto de Sociedades para las nuevas empresas durante sus primeros cuatro años de vida.

La última vista oral se celebró el pasado 10 de marzo y todavía no hay resolución del tribunal. En aquella ocasión, las tres diputaciones forales pidieron ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) que las empresas que se beneficiaron de las 'vacaciones fiscales' de 1993 no deban devolver nuevamente las ayudas, por considerar que se produjo una situación de "indefensión" en el expediente abierto por el Ejecutivo comunitario.

En noviembre del pasado año, la Comisión Europea pidió al Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) que multara a España por no haber recuperado la totalidad de las ayudas que recibieron las empresas beneficiarias de las denominadas "vacaciones fiscales vascas"

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) había confirmado en 2009 que las denominadas "vacaciones fiscales vascas" eran ilegales.

La sentencia confirmaba la decisión del Ejecutivo comunitario, que ya declaró ilegales estas ayudas en 2001, y rechazaba los recursos presentados por las diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, el Gobierno vasco y la Confederación Empresarial Vasca (Confebask).

Las medidas declaradas ilegales, que estuvieron vigentes en los años 90, establecían una exención del Impuesto de Sociedades para algunas empresas de reciente creación, una reducción de la base imponible del Impuesto de Sociedades en favor de sociedades de reciente creación y un crédito fiscal del 45 por ciento del importe de las inversiones.

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