Economía

Estafa Filatélica.-Comunidad de Madrid niega su responsabilidad patrimonial y dice que el control correspondía al Estado

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid no ha admitido la demanda de responsabilidad patrimonial presentada por las asociaciones de afectados por las presuntas estafas de Fórum Filatélico y Afinsa por "carecer de competencia en el control" de estas empresas, según una de las respuestas a las demandas a la que tuvo acceso Europa Press.

La Consejería decide así no admitir la demanda presentada por la Asociación de Afectados de Afinsa el pasado 8 de mayo de 2007 ante este organismo. Los representantes legales de estos 5.000 afectados, pertenecientes al despacho de abogados Hernández-Vilches, anunciaron que interpondrán recurso de reposición contra la inadmisión ante lo Contencioso-Adminsitrativo, para lo que cuentan con un plazo de dos meses.

La Comunidad de Madrid rechazó su responsabilidad patrimonial, dado el carácter "financiero" de la actividad determinado en los informes realizados por la Agencia Tributaria, la Fiscalía Anticorrupción y el Ministerio de Economía y Hacienda, que dieron lugar a la intervención del 9 de mayo de 2006. "Dato capital para concluir la falta de competencia", según la resolución.

La Administración madrileña consideró que su competencia estaba limitada al ámbito de la protección de los consumidores y usuarios regulado en la Disposición Adicional Cuarta de las empresas de inversión colectiva a las que estaban sometidas las filatélicas y cuya competencia de control de Consumo corresponde a las comunidades autónomas.

Según las querellas del Ministerio Fiscal, ambas empresas excedieron el ámbito de la regulación a la que estaban sometidas al tratar con productos financieros.

COMPETENCIA DEL ESTADO.

La Comunidad de Madrid alegó en la resolución que "ni pudo entonces ni puede ahora" ejercitar su competencia en el control de estas dos empresas, dada la "falta" de una normativa estatal "específica" susceptible de ser ejecutada por las comunidades autónomas.

Asimismo, recordó que la única obligación de las comunidades autónomas era la de recibir una copia del informe de auditoría anual de estas empresas y no la de "analizar", "inspeccionar" y "controlar" a las entidades mercantiles, tarea correspondiente a la "Administración del Estado".

Antes de concluir, la resolución puso de manifiesto la "inexistencia" de un registro público o estatal de inscripción "obligatoria" que permita conocer cuáles son la entidades sujetas a dichas obligaciones y que hubiera permitido a la Comunidad de Madrid "conocer su existencia".

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