
Ahora que el precio de la vivienda parece estabilizarse y que ya está en vigor una Ley del Suelo que -en palabras de su impulsora, la ex ministra Antonia Trujillo- evitará la especulación, surge una carga adicional que encarecerá los pisos.
Una resolución-circular de la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN) establece la obligación de que el promotor de la construcción de una vivienda deposite ante notario el Libro del Edificio (una especie de manual de instrucciones), que supone una serie de costes añadidos al precio final.
Fuentes jurídicas aseguraron a elEconomista que el coste de la entrega del Libro por el promotor al notario podrá llegar a superar los 3.500 euros, en virtud de los aranceles de los fedatarios públicos en vigor. Este precio puede no parecer excesivo en un mercado inmobiliario disparado. Pero la situación cambia radicalmente cuando se compara con lo que había antes del 26 de julio, fecha de la resolución de la Dirección General: entonces este trámite no era necesario y el coste, por tanto, era de cero euros.
Y a todo esto se añade el dinero que tendrán que desembolsar los propietarios de las viviendas para obtener la copia del citado documento, que puede llegar a superar los 600 euros por copia.
La resolución de la DGRN responde a una consulta de la Asociación de Promotores Constructores de España (APCE) sobre los requisitos que el artículo 19 de la Ley del Suelo exige a notarios y registradores a la hora de autorizar e inscribir, respectivamente, las declaraciones de obra nueva.
La circular es clara al señalar que los notarios no autorizarán, ni los registradores inscribirán escrituras públicas de obra nueva terminada, sin que les acrediten los documentos exigidos por la Ley, que no son otros que los que componen el Libro del Edificio. A continuación, el promotor -siempre según la circular- deberá depositar ante cualquier notario un ejemplar del Libro, acompañado de la certificación del arquitecto de la obra acreditativo de que ése es el documento correspondiente a la misma. La obligación del notario es hacer constar en la correspondiente escritura la existencia del Libro del Edificio y su disponibilidad para cumplir con su obligación de entregar un ejemplar del mismo a cada uno de los usuarios del edificio.
Resolución "satisfactoria"
Este periódico se puso el jueves en contacto con el secretario general de APCE, Manuel Martí Ferrer -autor de la consulta a la DGRN-, que consideró que la circular resuelve de "forma satisfactoria" la disparidad de criterios que podía generar entre los registradores el artículo 19 de la Ley del Suelo. A su juicio, el depósito notarial es sólo "una de las formas" con las que se puede acreditar el cumplimiento de la nueva legislación, no la única.
"Resuelve la incertidumbre y a mí me basta", afirmó Ferrer. Según sus cuentas, el depósito notarial del Libro no saldrá por más de 100 euros, a pesar de que los aranceles notariales digan lo contrario. Pero, ¿y las copias para los propietarios? "No me había planteado que cada persona pidiera una copia", dijo.