
Madrid, 11 mar (EFE).- Los trabajadores autónomos que quieran optar a la prestación de paro por cese de actividad podrán solicitar la cotización voluntaria para la cobertura de contingencias profesionales hasta el 30 de junio.
De esta forma, el Ministerio de Trabajo e Inmigración ha ampliado el plazo que tenía este colectivo para acogerse a la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que desde noviembre incluye una cobertura de prestación por cese del negocio.
La nueva prestación contributiva a los autónomos permite a los emprendedores cobrar el paro durante un máximo de doce meses, e incrementar sus cotizaciones de forma voluntaria.
Según un comunicado de Trabajo, desde la aprobación de la ley el pasado mes de noviembre, cerca de 600.000 autónomos están cotizando la protección por cese de actividad.
No obstante, hasta finales de 2011 no empezarían a percibirse las primeras prestaciones puesto que se debe cotizar un mínimo de doce meses continuados.
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) señaló hoy, mediante una nota, que con la nueva normativa el número de nuevos cotizantes aumentó a 30.000 autónomos más con respecto a los que cotizaban en diciembre de 2010.
Además, señala que la ampliación del plazo para optar a la cobertura de contingencias profesionales y cese de actividad tendrá un efecto inmediato.
Para el secretario general de UPTA, Sebastián Reyna, esta medida permitirá "mejorar" la situación de este colectivo ante la crisis económica.
Los autónomos deberán solicitar a su Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad.
Se trata de una prestación voluntaria excepto para los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) y para los que tributan en actividades de riesgo, en cuyo caso la cotización es obligatoria.
A todos los autónomos que tengan cubiertas las contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) se les aplicará si lo requieren de forma automática la nueva prestación de paro, incrementándose su cotización en un 1,7%, lo que se traduce en un incremento de la cuota mensual de unos 15 euros de media al mes.
La duración de la prestación estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación de cese de actividad de los que, al menos, 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la inactividad.
De esta forma cobrarán la prestación durante el máximo de 12 meses quienes hayan cotizado más de 48 meses, mientras que el plazo se reducirá a 8 meses para quienes tengan un período de cotización de entre 43 y 47 meses.
El período de cobro se irá reduciendo paulatinamente hasta dos meses para aquellos que hayan cotizado entre 12 y 17 meses, según figura en la ley.
Además, se establecen mejoras en los plazos de percepción de la prestación para los trabajadores autónomos que hayan cumplido 60 años, hasta la edad en que puedan causar derecho a la pensión de jubilación.