Economía

El BOE publica la ley para acreditar el nivel de inglés de los controladores

Madrid, 19 feb (EFE).- El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el real decreto que regula cómo se ha de acreditar el nivel de inglés que deben tener los titulares de licencias comunitarias de controlador de tránsito aéreo.

Con este real decreto, que entra en vigor hoy, se transpone a la normativa española la directiva comunitaria sobre la materia, que exige que los Estados miembros garanticen que los controladores aéreos puedan demostrar su capacidad de hablar y comprender inglés "de manera satisfactoria".

La entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y de Navegación Aérea (AENA) dispondrá de dos mecanismos para certificar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea que los controladores españoles tienen el nivel de inglés requerido (nivel operacional 4).

Para los que hayan obtenido su licencia a partir del 1 de enero de 2008, AENA deberá certificar que el controlador ha ejercido de manera "satisfactoria" su trabajo y que no ha intervenido en ningún incidente ni accidente aeronáutico relacionado de forma directa con un "deficiente" uso del inglés en las comunicaciones radiotelefónicas.

En el caso de los controladores que estuvieran al servicio de AENA el 17 de mayo de 2010, la entidad pública española deberá presentar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea un plan de evaluación que incluirá la formación de ese personal.

Ese plazo no podrá exceder, "en ningún caso", de 18 meses desde la entrada en vigor del real decreto.

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