Economía

Nace la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, inspirada en el modelo europeo

La nueva Ley de Defensa de la Competencia entra en vigor mañana, 1 de septiembre, con el objetivo de modernizar el sistema español de defensa de la competencia y ajustarlo al modelo comunitario, que ha sido objeto de importantes reformas desde 2004.

La ley pretende adecuar la actual estructura institucional del sistema de defensa de la competencia para lograr mayor independencia, eficacia y agilidad administrativa.

Para ello establece la creación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), que integra los antiguos Servicio de Defensa de la Competencia y Tribunal de Defensa de la Competencia.

Independencia y separación de funciones

Dos principios fundamentales rigen su diseño: la independencia respecto del Gobierno y el mantenimiento de la separación entre las funciones de instrucción, que competen a la Dirección de Investigación, y de resolución, que competen al Consejo de la CNC.

Al igual que el modelo comunitario, introduce un "mecanismo de clemencia" para la exención o reducción de las sanciones a aquellas empresas que colaboren en la detección e investigación de un cártel.

El denominado "mecanismo de clemencia" se ha consolidado como un instrumento muy eficaz en la lucha contra los cárteles en el ámbito comunitario y en las principales agencias de competencia a nivel internacional.

Otras reformas

Otras novedades en la lucha contra las conductas restrictivas incluyen la aclaración de los criterios de fijación de multas, que definitivamente se orientan a alcanzar el doble objetivo de disuadir y de ser proporcionales a los daños infligidos por la conducta realizada.

Además, la nueva ley excluye de la prohibición las conductas que por su menor importancia no son susceptibles de afectar significativamente a la competencia en los mercados, y elimina la prohibición específica del abuso de dependencia económica, inexistente como tal en la normativa comunitaria, pudiendo esta conducta, no obstante, seguir siendo perseguida en tanto que acto de competencia desleal.

Por otro lado, se reducen las cargas administrativas mediante la eliminación del sistema de autorización singular de acuerdos anticompetitivos, estableciéndose, en línea con el modelo comunitario, un sistema de exención legal según el cual las propias empresas evaluarán si sus acuerdos con otras reúnen o no los criterios de exención que establece la ley.

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