Madrid, 6 jun (EFECOM).- La Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid La Viña y el Gremio de Restauración de Barcelona han presentado conjuntamente una denuncia ante el Servicio de Defensa de la Competencia, al Banco Santander Central Hispano y a las empresas Ticket Restaurant, Sodexho Pass y Cheque Gourmet por prácticas abusivas.
En un comunicado, los hosteleros explicaron que estas empresas emisoras de vales de comida y la entidad bancaria han acordado abandonar próximamente los tradicionales vales de comida de papel para lanzar al mercado sus propias tarjetas restaurante de banda magnética.
Este acuerdo supone la concentración, contrariamente a las normas de la competencia, de la gestión de cobro de las tres empresas de vales de comida, que mantienen una cuota de mercado cercana al 98 por ciento, bajo una misma estructura.
Además, según los hosteleros, el acuerdo vulnera el pacto de rebaja de comisiones bancarias alcanzado entre las patronales de la hostelería, el comercio y el sector bancario, en diciembre pasado.
Mediante este pacto, las comisiones máximas por el cobro de tarjetas bancarias en los comercios no pueden exceder para el año 2006 del 1,40 por ciento y de 0,53 euros por transacción.
Sin embargo, las nuevas tarjetas suponen para las empresas de hostelería un coste de entre un 3 a un 6 por ciento, y si se quisiera cobrar en el momento en que se presta el servicio el coste llegaría hasta un 9,6 por ciento del valor actual del vale, que está en un 7,81 euros por comida.
Los hosteleros añaden que el banco y las empresas de vales de comida imponen además unilateralmente a los restaurantes que quieran seguir manteniendo el servicio de vales de comida, la obligación de instalar un datáfono del Banco Santander para la facturación de las nuevas tarjetas cuyo coste asciende a 20 euros al mes.
Como consecuencia de la posición de dominio que ostentan las empresas emisoras, esta condición implica la imposición para los establecimientos de hostelería de una prestación subordinada prohibida por la normativa protectora de la competencia.
Los hosteleros concluyen que el acuerdo es contrario al artículo 1, número 1 de la Ley16/1989 de 17 de julio de Defensa de la Competencia, que "prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada (_) que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional".
Por ello, estas asociaciones solicitan que el Servicio de Defensa de la Competencia examine la legalidad de un acuerdo, que, además creen debería haber sido sometido a la previa autorización del Ministerio de Economía por reunir las empresas concertadas en su conjunto una posición de dominio absoluta del mercado.EFECOM
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