MADRID, 17 (SERVIMEDIA)
El Consejo de Ministros aprobó este viernes un anteproyecto de ley por el que se modifican determinadas normas financieras para la aplicación del reglamento europeo sobre agencias de calificación crediticia, aprobado en noviembre del año pasado.
En la rueda de prensa posterior al Consejo, la vicepresidenta económica, Elena Salgado, indicó que tras la crisis financiera se vio la necesidad de completar la regulación de las agencias de calificación, pues son claves para la estabilidad del sistema financiero porque califican la solvencia de las entidades.
Como respuesta común a las deficiencias de regulación detectadas, se aprobó en el seno de la Unión Europea el reglamento sobre agencias de calificación crediticia, en el que por primera vez se determinan normas armonizadas sobre las condiciones organizativas y operativas que deben cumplir las agencias, así como su régimen de registro y supervisión.
Este nuevo marco deberá completarse en los próximos meses con la creación de la Autoridad Europea del Mercado de Valores (ESMA en sus siglas en inglés) y la atribución a la misma de las competencias de supervisión sobre las agencias de calificación.
Según el Gobierno, esto supone el establecimiento de un verdadero marco supervisor europeo centralizado en la nueva autoridad, lo que resulta imprescindible en la medida en que la actuación de las agencias de calificación transciende el ámbito nacional de los Estados miembros.
Preguntada por las sanciones que pueden sufrir las agencias a partir de ahora, la ministra de Economía y Hacienda apuntó que éstas serán las que imponga en cada caso la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
ESMA
El proceso habrá de culminar con la puesta en funcionamiento de la ESMA con plenos poderes a lo largo de 2011, momento en el que los supervisores nacionales deberán estar preparados para asumir sus funciones de colaboración y para poder recibir la delegación de determinadas funciones dentro del sistema paneuropeo.
La normativa establece la obligación para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión de utilizar las calificaciones emitidas por agencias registradas o certificadas en virtud del reglamento para el cálculo de sus recursos propios.
Además, las entidades que operen en los mercados financieros deberán especificar que las calificaciones que utilizan han sido emitidas por agencias que se ajustan al nuevo régimen de registro establecido en el reglamento.
(SERVIMEDIA)
17-SEP-10
BPP/lmb