
El Pleno del Congreso de los Diputados dará hoy el visto bueno definitivo a la reforma laboral y aprovechará para convalidar la prórroga de la ayuda de 426 euros hasta febrero.
Una reforma que lleva rondando desde que en julio de 2008 los agentes sociales y el Gobierno decidieran abrir el diálogo social para hacer posibles modificaciones del marco normativo. Dos años después, el Gobierno gobernó y lo hizo a través de un Real Decreto-Ley que, tras su paso por el Congreso y por el Senado, vuelve a la Cámara Baja sin apenas cambios.
Esta reforma pasará a la historia no sólo por las nuevas, aunque escasas, variaciones que sufrirá el Estatuto de lo Trabajadores, sino porque se habrá saldado con un ministro de Trabajo y una huelga general, que puede suponer el fracaso del sindicalismo español.
Los cambios que quedan
A los grupos parlamentarios les queda ya poca maniobra para moldear la reforma a su antojo. En su vuelta al Congreso, no está permitida la incorporación de nuevas enmiendas, tan sólo se dará el visto bueno a los cambios realizados en el Senado el pasado 25 de agosto. No obstante, los partidos preparan su artillería para ver si pueden rascar algo todavía. Es el caso sobre todo del PSOE.
Los socialistas intentarán corregir cinco enmiendas aprobadas por la oposición en la Cámara Alta. En primer lugar, el grupo socialista intentará suprimir un cambio que introducía el absentismo entre las causas de despido objetivo como un elemento obligatorio a tener en cuenta a la hora de despedir a un empleado. En segundo lugar, el PSOE quiere eliminar la limitación que se introdujo en el Senado de que las empresas hagan fijos a los trabajadores que lleven tres años de forma temporal "si han permanecido en el mismo puesto de trabajo": cuando salió del Congreso, esta medida obligaba a que se hiciera fijo al trabajador aunque hubiera estado en diferentes puestos. También intentarán corregir un punto y una coma introducido en la redacción de las causas de despido que permite a que el juez interprete que se puede despedir objetivamente por disminución de beneficios.
Su paso por el Senado
El 25 de agosto, la reforma laboral pasó por el Senado. El texto fue aprobado por el PSOE gracias al apoyo de Grupo Mixto y L´Entesa de Progrés. A pesar de la presentación de más de 200 enmiendas, el texto incorporó modificaciones mínimas. Una de las más sonadas, debido a la retransmisión que ejerció día a día el propio ministro de Trabajo, fue el acortamiento del plazo de 100 días a un mes, en el que los parados no tienen por qué acudir a ningún curso de formación. A partir de ahora, si no hay cambios mañana, los desempleados que no atiendan a una oferta formativa del antiguo Inem serán sancionados con la pérdida de su prestación.
En segundo lugar, se introduce la garantía de que se cobre como mínimo el salario mínimo interprofesional (633 euros) en dinero, esto asegura el sueldo de las empleadas de hogar, que suelen recibir una parte en especie. Además, se amplió el contrato de obra y servicio (limitado a tres años) de forma indefinida para trabajos vinculados a proyectos universitarios y de investigación. En cuanto a las causas de despido objetivo, se introdujo un punto y coma, como ya se ha explicado, que posibilita despedir por reducción de beneficios.
Por último, la oposición aprobó que el umbral con el que se calcula el absentismo en la plantilla, fuera rebajado del 5 por ciento a un 2,5 por ciento. Es decir, si el trabajador está por encima de esa media puede perder el trabajo, si no, no se le puede acusar de absentismo. Pero el Senado eliminó incluso ese umbral de impunidad.
Su paso por el Congreso
La reforma laboral entró en la Cámara Baja el pasado 22 de junio para que se convalidara el Real Decreto-Ley que aprobó el Consejo de Ministros el 16 de junio. Sin embargo, el PSOE tuvo que pactar con el resto de grupos que si se le daban el visto bueno se tendría que tramitar como proyecto de ley. Así fue y, por supuesto, fue enmendado.
El cambio más significativo, aparte de facilitar el despido por absentismo, fue el de las causas de despido objetivo, quedando redactado del siguiente modo: "En casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen del empleo". También se redujo el plazo que el parado debía estar inscrito en el Inem para poder ser contratado con el contrato de fomento al empleo indefinido con 33 días de despido.
La base de la reforma
La reforma en sí contempla varios cambios del Estatuto de los Trabajadores. Las causas objetivas de despido fue una de las cuestiones principales en la preparación del texto. Aunque las causas no se llegaron a clarificar de forma exhaustiva, se avanzó en este camino, facilitando la justificación de esta clase de despido. Para compensar el coste del despido entre España y la media de la UE, la reforma extiende las subvenciones del Fogasa, que ofrece a empresas de menos de 25 trabajadores para que costeen los despidos, a todas las empresas.
Pero, finalmente, estas ayudas que se ofrecen para los despidos procedentes e improcedentes serán para los nuevos contratos y deben estar al menos un año en vigor, es decir, no funcionará hasta 2011. Asimismo, se da un plazo de un año para constituir los fondos de capitalización para depositar las remuneraciones adquiridas por despido. También para evitar despidos incluyen el modelo alemán de reducción de jornada.
La temporalidad
Se flexibiliza el contrato de fomento al empleo indefinido de 33 días, ampliando sus beneficiarios e insertando la opción de despido exprés. La reforma prohibe el encadenamiento de contratos temporales durante más de tres años, además los de obra y servicio no podrán ser más largos de tres años. En cuanto a las ETT, se levanta el veto para que también puedan trabajar en la Administración y en sectores de riesgo. Su colaboración con los servicios públicos de empleo se tendrá que aclarar en los próximos seis meses. No obstante, la negociación colectiva no se reforma en profundidad.