MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha reconocido en el fallo de la sentencia de 30 de mayo el "derecho que asiste a USO de poder ser promotor de planes de formación y beneficiario de las ayudas y subvenciones correspondientes".
El dictamen pone así fin a la presunta "política de monopolio" en la formación continua ejercida por el Ministerio de Administraciones Públicas y los otros sindicatos, según explico la Unión Sindical Obrera (USO).
La sentencia declara nulos los términos "firmantes del III Acuerdo de Formación Continua en las Administradores Públicas (Afcap)" tal y como ya determinó el Tribunal Supremo respecto a los Afcap I y II. Asimismo impone las costas del proceso al Estado y a los sindicatos CC.OO., UGT y a la central de funcionarios CSI-CSIF.
Para el secretario general de la Federación de Empleados Públicos de USO, Luis Deleito, esta sentencia tiene que ver con el "hartazgo" de los tribunales, que están comprobando que las partes "hacen caso omiso" de las reiteradas sentencias sobre este asunto.
La Audiencia Nacional recordó en sus fundamentos jurídicos otras sentencias dictadas al respecto, en el año 2005 por el Tribunal Supremo y en el año 2006 por la propia Audiencia, que incorporaban los criterios de resoluciones del Tribunal Constitucional en las cuales se declaraba que "conculca la libertad sindical el criterio de la mayor representatividad como criterio exclusivo y excluyente para determinar el acceso de las organizaciones sindicales a unas subvenciones públicas".
Según explicó USO, esta sentencia es un "varapalo" contra el primer reparto de subvenciones para formación continua realizado por el ministro de Industria, Jordi Sevilla, así como para el hecho por el PP en sus dos legislaturas anteriores. Durante la fase de ejecución de la sentencia, USO deberá ser indemnizada por los daños y perjuicios causados, puesto que el dinero ha sido ya repartido y gastado.
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