
Los secretarios de Acción Sindical de CC.OO. y UGT, Ramón Górriz y Toni Ferrer, se mostraron hoy abiertos a reformar la Ley de Huelga en España, pero "en frío", y no al hilo de conflictos laborales como el de Metro de Madrid.
En este sentido, Ferrer recalcó que la reforma de la Ley de Huelga es un tema "recurrente" que suele sacarse a colación cuando no se sabe gestionar un conflicto laboral como el de Metro.
Ferrer recalcó que la huelga es un derecho constitucional y que la Justicia ha dado la razón en muchas ocasiones a los sindicatos a la hora de declarar como nulos la imposición de servicios mínimos abusivos en paros laborales.
Alusiones a la huelga de Metro
Por su parte, Górriz declaró que, en el caso concreto de Metro de Madrid, ha sido el Gobierno regional quien ha roto el convenio colectivo y se ha negado a negociar los servicios mínimos.
De cualquier forma, los representantes sindicales recordaron que ahora es tiempo de negociar para intentar llegar a un acuerdo que solucione el conflicto en el suburbano madrileño.
ERC-IU-ICV proponen regular el derecho a la huelga
El grupo parlamentario de ERC-IU-ICV ha presentado en el Congreso una proposición no de ley para que se regule el derecho fundamental a la huelga.
Mediante esta proposición, presentada por el diputado de ERC Joan Tardá, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un proyecto de ley orgánica reguladora de la huelga.
Además, emplaza al Ejecutivo a que establezca, sin menoscabo de las competencias autonómicas, criterios "objetivos" para definir, regular y asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, al tiempo que se garantiza el derecho a la huelga de los trabajadores.
Los servicios mínimos, el 'caballo de batalla'
En la exposición de motivos de la proposición se destaca que el derecho a la huelga está regulado por la Constitución, pero, sin embargo, no están desarrollados aspectos esenciales como el mantenimiento de servicios esenciales de la comunidad, los conocidos como "servicios mínimos".
Esto ha permitido que se hayan registrado "importantes excesos" en el establecimiento de los servicios mínimos, como han confirmado diversas sentencias que no han fijado sanciones efectivas, mientras que si un comité de huelga los incumple puede sufrir "duras sanciones", explica ERC.
La regulación además debe servir para que el derecho a la huelga no conlleve la paralización total de los servicios esenciales para la ciudadanía.