Economía

Hacienda pone en marcha la consulta de datos fiscales del contribuyente

  • La cita previa para las declaraciones de la Campaña de la Renta se inicia el día 15

Un año más llega el momento de empezar a pensar en la Campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sobre los ingresos obtenidos por el contribuyente o el núcleo familiar en el ejercicio 2009. Solicitar los servicios de la Agencia Tributaria o ponerse en manos de un asesor fiscal contrastado evitará errores y sanciones.

Desde el pasado día 5 de abril, ya es posible solicitar cita previa para modificar el borrador de la declaración y desde el próximo día 15 ya podrá requerirla para que le confeccionen la Declaración de la Renta al contribuyente, un rito que ahorrará disgustos de última hora.

Antes de ratificar el borrador o de dar por buenos los datos recibidos por parte de la Agencia Tributaria (Aeat) es preciso tener en cuenta que esta declaración está realizada con los datos que Hacienda tiene del contribuyente, que pueden no ser todos los que deberían constar en la declaración de 2009.

Este condicionante es fundamental tenerlo en cuenta, porque muchas veces los datos le llegan a Hacienda con posterioridad a la entrega de la liquidación (la Agencia Tributaria tiene cuatro años para revisarla) y los servicios de Recaudación pueden enviar una complementaria con los recargos e intereses de demora que correspondan.

Programa y foros abiertos

Quienes prefieran optar por resolver su declaración a través del Programa Padre, ya pueden descargar la aplicación en sus ordenadores con la máxima comodidad a través de elEconomista.es (www.eleconomista.es), donde podrá acceder, a lo largo de la campaña, a toda la información necesaria y a buenos consejos para evitar errores, elaborados por destacados profesionales de la asesoría fiscal.

También será posible consultar a los especialistas en fiscalidad en los diversos encuentros de Internet que serán convocados a lo largo de la Campaña en elEconomista.es.

No precisan solicitar el borrador quienes marcaron la casilla correspondiente en la declaración del ejercicio 2008, ni aquellos que confirmaron el borrador de declaración por el citado impuesto correspondiente al ejercicio 2008.

Sin embargo, no pueden suscribir el borrador aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas exentas con progresividad, a través de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España; los que compensen partidas negativas de ejercicios anteriores; y quienes pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriores.

Tanto los contribuyentes que están obligados a declarar como los que no lo están, pueden solicitar que la Aeat les remita, sólo a efectos informativos, un borrador de declaración cuando sus rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, del capital mobiliario sujeto a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de letras del Tesoro. También pueden hacerlo quienes tienen imputación de las rentas inmobiliarias si proceden, como máximo, de dos inmuebles y quienes obtuvieron en 2009 ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Tampoco les sirve el borrador a quienes tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejerciten tal derecho.

La presentación de las declaraciones del IRPF se realizará a partir del 3 de mayo y finalizará el 30 de junio, salvo para quienes domicilien el pago, que habrán de tenerla entregada antes del día 25 de junio.

Fuente: AEAT y elaboración elEconomista.

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