La sentencia establece que "no se observa el menor dato que permita deducir algún tipo de actuación delictiva"
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió hoy a los 18 agricultores y empresarios imputados por presuntos delitos de fraude de falsedad continuada en documento mercantil u oficial y estafa por la obtención indebida de fondos comunitarios por el conocido como 'fraude del lino', seis años después de la apertura de la causa. Contra esta resolución cabe recurso ante el tribunal Supremo.
El tribunal presidido por Fernando Bermúdez de la Fuente ha estimado que en la relación comercial establecida entre las partes acusadas "no se observa el menor dato que permita deducir algún tipo de actuación delictiva", según detalla la sentencia.
La sentencia ordena también que "el juzgado competente" depure las responsabilidades penales del principal procesado, excluido de la causa el segundo día del juicio, el ex subsecretario de Agricultura y ex presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) Nicolás López de Coca Fernández Valencia, acusado de un presunto delito de tráfico de influencias, "al haberse apreciado por el Tribunal la falta de conexión delictiva con respecto a los demás acusados", detalla el documento al que tuvo acceso Europa Press.
El dictamen absuelve a las acusaciones ejercidas por las comunidades autónomas del pago de las costas del proceso a pesar de haber encontrado el juez actuaciones y comportamientos "perfectamente acreditados" para ello. Como "ninguna de las defensas de los acusados" lo solicitó en su escrito de calificación definitiva, las costas quedan "de oficio", según la sentencia.
La acusación pedía penas de entre 7 meses y 3 años de prisión y multas de entre 6.000 y 191.000 euros a los 18 agricultores y responsables de empresas transformadoras de lino acusados por dicho fraude. La acusación estaba integrada por el Ministerio Fiscal, las comunidades autónomas de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Aragón, Extremadura y Comunidades Europeas.
NO EXISTIA ACUERDO
La sentencia declara que "no han quedado, en absoluto, acreditados en la larga investigación" la existencia de acuerdos o convenios entre los productores y las transformadoras de lino para hacer coincidir los datos de las cosechas con la finalidad de tratar de percibir las subvenciones de la Unión Europea. Las diferencias de datos entre los facilitados por los agricultores en la declaración de siembra y los de las inspecciones periódicas de la Administración hizo sospechar de la existencia de estos acuerdos.
La sentencia considera probado que, durante la campaña 1997/98 y como consecuencia de las fuertes subvenciones que la Unión Europea estableció para el cultivo del lino "hubo una gran cantidad de agricultores que decidieron cambiar sus tradicionales cultivos de cereales".
Asimismo, algunos de los suministradores de semillas, con al finalidad de poder optar a las ayudas, decidieron "convertirse en transformadoras de la varilla de lino".
El dictamen explica que las administraciones autonómicas "no llevaron a cabo el control de la cosecha", lo que hubiera podido determinar el resultado exacto de la siembra y el posible fraude. Por el contrario, éstas establecieron un control continuado de las relaciones entre los agricultores y las transformadoras basado en la declaración de siembra por parte del agricultor y un control de campo sobre los cultivos que se hacía de forma aleatoria.
18 ABSUELTOS
Con la sentencia de hoy quedan absueltos los empresarios que operaban en Castilla-La Mancha, responsables de la empresa Colino, Enrique Ruiz Paz y su hermano Gonzalo. Los propietarios de Colisur 2000 S.L Antonio Muñoz Martínez y Eugenio Alabarces Muñoz y su abogado Enrique Ayala Martínez. Así como los administradores de Celitex, Manuel y Santiago Rojo Rojo
Respecto a Castilla y León, el tribunal absolvió a Esperanza Arroyo Domínguez, que regentaba Texar S.L, y su hermano Eusebio. Por otra parte, quedan libres de cargos los responsables de la cooperativa Los Linares, Victoriano Blanco Alonso y Celedonio Martín Cabreros.
El juez eximió de culpas a los propietarios de la transformadora Ecoagrocas S.L. en Olvega (Soria) Jesús García Borque y Pedro Millán, al igual que a Juan José Martínez Villar, quien captó a productores y arrendatarios para los anteriores en Teruel.
Por último, los productores en esta provincia Julián Guillén, José Manuel Pérez Espílez y Fernando Calvé Dobón, así como el responsable de Lino Textil de Extremadura S.L. Alberto García Valencia.
6 AÑOS DE INVESTIGACIONES
La investigación se inició a raíz de la comunicación a las autoridades españolas, en marzo de 2001, de un informe de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) que alertó de irregularidades en el uso de las ayudas a la transformación de lino.
España comenzó a cultivar lino en 1992 y su extensión de cultivos llegó a las 91.400 hectáreas en la campaña 1997/1999. Esta situación determinó que la Comisión Europea dictara unas normas para prevenir abusos en el pago de subvenciones.
La inexistencia de legislación comunitaria en campañas anteriores "privó a las autoridades españolas de los indicadores efectivos a posibles fraudes", indicó el fiscal. Esta situación provocó que los que se estaban aprovechando de las insuficiencias se agruparan para seguir con su "ilícito enriquecimiento patrimonial", según las acusaciones.
La presunta actividad fraudulenta se instrumentó por empresas transformadoras de varilla de lino textil a través de solicitudes de subvención cumplimentadas por hipotéticos receptores. En algunos casos los funcionarios autonómicos constataron 'in situ' que el provecho agrario declarado en los documentos oficiales era imposible en tierras yermas. También las noticias surgidas en los medios de comunicación sobre incendios en transformadoras y su relación con el fraude motivaron las investigaciones de la Policía Judicial.
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