El Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid celebrará el próximo martes el juicio oral contra Citibank por la demanda presentada por 122 afectados que le reclaman un total de 3,2 millones de euros por las pérdidas sufridas por sus inversiones en productos vinculados a Lehman Brothers.
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
El juez señaló la fecha del juicio oral tras la audiencia previa celebrada el pasado mes de noviembre en la que aceptó juzgar las presuntas "malas prácticas" realizadas por Citibank en la comercialización a clientes de bajo perfil los productos de la entidad norteamericana, que quebró el 15 de septiembre de 2008 abriendo una crisis bursátil mundial.
Los abogados Jordi Ruiz de Villa, del bufete Jausas Abogados, y Fernando Zunzunegui, del despacho madrileño Zunzunegui, explicaron que Citibank tendrá que determinar los beneficios obtenidos en concepto de comisiones y bonus por la venta de productos de Lehman Brothers con el objetivo de fijar las indemnizaciones.
Además, los letrados aseguraron que la entidad estadounidense tenía una "estrategia internacional" de distribución de estos productos y aportarán documentación sobre un procedimiento civil abierto en Bélgica contra Citibank por 4.000 afectados, así como otra reclamación que se encuentra en curso en Grecia.
El juzgado admitió a trámite el pasado 22 de junio la demanda presentada el 7 de abril ante los juzgados madrileños, después de que los clientes afectados no pudieran alcanzar un acuerdo extrajudicial con la entidad financiera.
Los afectados acusan a Citibank de "colocar" a clientes con patrimonios pequeños -inversiones mínimas de 3.000 euros- productos estructurados mediante incentivos dados a los asesores para que vendieran productos Lehman Brothers, en claro conflicto con los intereses de los clientes. Los demandantes consideran acreditado que la entidad tenía una red de vendedores, que no ejercían de asesores financieros de los clientes y que llegaron a vender productos de su propia cartera.
Asimismo, los clientes responsabilizan a la entidad de no diversificar las inversiones y de no informar sobre la evolución de las mismas. A su vez, los demandantes se quejan de la "inadecuación" de los productos al perfil inversor de los clientes, así como de las compraventas realizadas desde una cuenta global sin la oportuna autorización del cliente.
El pasado 8 de enero, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valencia desestimó una demanda presentada por una clienta contra Citibank España al considerar que la entidad no incumplió el deber de información, diligencia y lealtad en la comercialización de productos vinculados a Lehman Brothers.
"Citibank no incumplió el deber de información que le incumbía, no resultando acreditado que la demandante no hubiera sido informada sobre el producto", concluye la sentencia, en virtud de las obligaciones de información que establece la Ley 47/2007 que modificó la Ley del Mercado de Valores (LMV) e introdujo la Directiva Midfid.
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