Economía

Economía.- El PP, dispuesto a revisar las pensiones parlamentarias porque tiene claro que se debe "predicar con ejemplo"

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

La portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, se mostró hoy dispuesta a revisar el sistema de pensiones de los parlamentarios, que garantiza la pensión máxima tras doce años de diputado o senador, pues considera que su formación tiene claro que se debe "predicar con el ejemplo".

En medio del debate sobre el sistema general de pensiones, suscitado por la idea del Gobierno de ampliar a 67 años la edad de jubilación y revisar el periodo de cálculo, la portavoz del PP fue preguntada si también debería haber cambios en el sistema que rige para diputados y senadores, que tienen garantizada la pensión máxima con sólo doce años de mandato.

La dirigente del PP contestó que esa medida tiene una "aplicación muy limitada" pues la mayoría de los parlamentarios trabaja y cotiza antes y después de llegar a las Cortes Generales. "No sé qué efectos tiene en cuanto a su aplicación porque, a muchos, dada tu profesión anterior, tu vida laboral se determina en función de otros parámetros", comentó.

En todo caso, recordó que el PP propuso hace dos años congelar los sueldos de los diputados, en vigor y que a su juicio debería seguir aplicándose mientras dure la crisis, por lo que su partido tiene claro que se debe "predicar con el ejemplo". "No tengo inconveniente de abordar éste y otros temas de funcionamiento de régimen interno", sentenció.

REGLAMENTO DESDE 2006

Conforme a las normas parlamentarias, los diputados y senadores que en su momento habrán de votar en las Cortes Generales el nuevo modelo de pensiones, que podría extender a los 67 años la edad de jubilación y modificar el periodo de cálculo de las pensiones, tienen garantizada para si mismos la pensión máxima.

En concreto, el reglamento de prestaciones económicas para los ex parlamentarios que aprobaron las Mesas del Congreso y del Senado en julio de 2006, recogido por Europa Press, articula un mecanismo que permite que, en los supuestos en los que los parlamentarios no alcancen el límite máximo de percepción de pensiones públicas, las Cámaras abonarán la diferencia entre este límite y la pensión percibida por el solicitante.

Esta pensión parlamentaria se reserva a diputados y senadores que hayan formado parte de las Cortes durante al menos siete años y siempre que hayan cumplido 65 años y obtenido la jubilación, o hayan obtenido la jubilación anticipada con al menos 60 años de edad y 40 años de cotización, o bien que hayan obtenido la declaración de invalidez permanente.

La cuantía de ese complemento será la diferencia entre la cuantía de la pensión que corresponde al parlamentario por su actividad profesional y la cifra anualmente establecida como límite máximo de percepción de pensiones públicas. Eso sí, en el caso de parlamentarios con un mandato de siete a nueve años se les aplica el 80 por ciento de ese límite, a los de nueve a once años se les calcula el 90 por ciento y a los de más de once años ya se les cubre hasta el máximo.

Las Cortes Generales, que son quienes abonan las cotizaciones a la Seguridad Social de los parlamentarios mientras forman parte de las Cámaras, examinarán después las solicitudes de pensión de los diputados y senadores, caso por caso, para su concesión o denegación por parte de la Mesa de la cámara correspondiente.

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