BRUSELAS, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha desestimado este miércoles los recursos presentados por tres empresas desmotadoras de algodón que reclamaban una indemnización al haberse visto perjudicadas por la reforma del régimen europeo de ayudas al algodón.
Cuando Grecia ingresó en la UE se estableció un régimen de ayudas al algodón que se amplió con la entrada de España y Portugal y se modificó en 2004 tras la reforma de la Política Agrícola Común (PAC) pero, a raíz de un recurso interpuesto por España, el Tribunal de Justicia anuló en 2006 el régimen de ayudas adoptado dos años antes.
Tras esta sentencia, las empresas Sungro, Eurosemillas y Surcotton, empresas desmotadoras de algodón bruto establecidas en España que se beneficiaron del sistema de ayudas aprobado en 2004 recurrieron al Tribunal para ser indemnizadas.
Las tres compañías alegaban que existía una relación entre la disminución del volumen de ventas de algodón durante la campaña 2006/2007 y la entrada en vigor del régimen de ayudas al algodón de 2004 y solicitaban un importe de 37.188 euros, 2,66 millones de euros y de 1,73 millones, respectivamente.
No obstante, en su sentencia de hoy, el Tribunal General concluye que las sociedades no han acreditado que el perjuicio sufrido se vincule a la vulneración del principio de proporcionalidad del régimen de ayudas al algodón de 2004 anulado. Y por consiguiente desestima los recursos por "infundados".
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