La constructora en concurso Begar cuenta con un patrimonio valorado en 253 millones de euros, con lo que podría cubrir el 62% del endeudamiento total de 381 millones de euros que actualmente soporta.
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
Así se desprende del informe elaborado por los administradores concursales del grupo, que no obstante advierte de que tanto el activo como el pasivo del grupo pueden sufrir modificaciones en los próximos meses en función de las alegaciones que se presenten al mismo.
El informe indica que Begar Construcciones y Contratas cuenta con un pasivo de 245 millones, de los que 220 millones corresponden a acreedores ordinarios. También se reconocen créditos privilegiados por casi 24 millones y subordinados por 1,1 millones.
No obstante, el informe reconoce otros 136 millones de deuda como créditos contingentes, que es preciso añadir a los anteriores, con lo que el total de pasivo se eleva a 381 millones.
Los créditos contingentes son créditos potenciales (aún no se han materializado, son dudosos) dado que dependen una condiciona que puede realizarse o no en el futuro.
El ejemplo más habitual es el de las retenciones de obra, que son contingentes hasta que transcurre el plazo de un año en que sirven de garantía. Si una vez transcurrido ese plazo no hay defectos de obra, el crédito deja de ser contingente y se convierte en ordinario, esto es, una deuda más a la que hacer frente en el concurso, según explicó el despacho especializado en derecho concursal Iure Abogados.
Por lo que respecta al activo, esta firma indica que los bienes y derechos de Begar pueden sufrir una devaluación en los próximos meses como consecuencia de un deterioro de su valor. Además, la concursada cuenta con créditos contra algunos clientes que pueden resultar incobrables.
OPERACIONES A RESCINDIR.
En su informe concursal, los administradores de Begar apuntan que están estudiando la posibilidad de solicitar al juez la rescisión de algunas operaciones, esto es, pedir que se deshagan determinadas transacciones o acuerdos por considerar que van en perjuicio de la masa de acreedores con el fin de reintegrar en el patrimonio de la empresa el bien o el importe que haya salido de la empresa.
Una vez que el informe concursal se ha presentado ante el juez, está abierto el plazo para que los acreedores puedan presentar impugnaciones o alegaciones al mismo. Una vez que el juzgado resuelva todos estos procesos y se presente el informe definitivo concluirá la fase común del concurso y arrancará la correspondiente al convenio o a la liquidación.
En opinión de Iure Abogados, dada la devaluación de activos que actualmente registran las empresas constructoras en concurso, la solución más satisfactoria para los afectados por el concurso de Begar pasaría por la aprobación de un convenio de acreedores, dado que en caso de liquidación el porcentaje a cobrar podría reducirse "significativamente".
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