MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 28 de Madrid ha anulado una sanción impuesta a un socio del Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) por saltarse un semáforo en rojo en un cruce que no existe, debido a una equivocación del agente de la Policía Municipal de Madrid que puso la multa.
Según CEA, la multa que llegó a la casa del conductor decía que se había saltado un semáforo en rojo en un cruce la avenida Albufera con la calle de la Arboleda. Sin embargo, esas dos calles nunca llegan a cruzarse, ya que la segunda finaliza en una rotonda antes de llegar a desembocar en la avenida de la Albufera.
Los abogados de CEA presentaron como prueba un plano solicitado al Ayuntamiento de Madrid para recurrir la multa ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, que reconoce en su sentencia que la prueba demuestra "que no hay semáforo alguno entre ambas calles".
La multa imponía una sanción económica 300 euros, y la retirada de cuatro puntos del permiso de conducir. Según CEA, no es la primera vez que ocurren este tipo de "errores" con denuncias en las que el hecho denunciado no se corresponde con la realidad de lo sucedido.
Así por ejemplo, CEA destaca el caso de otra mujer multada por estacionar en un carril de circulación reservado a autobuses en una calle en la que, más tarde, se demostró que no existe este tipo de carriles. Por ello, recomienda a los conductores que presten especial atención a las denuncias interpuestas, ya que estos errores pueden provocar que se pague por infracciones que no se ha cometido.