ESTRASBURGO (FRANCIA), 23 (EUROPA PRESS)
El pleno del Parlamento Europeo aprobó hoy definitivamente ampliar las posibilidades de realizar cabotaje, es decir, de que un transportista español pueda prestar servicios internos dentro de otro país de la UE, por ejemplo, trasladando mercancías de Burdeos a París.
El reglamento que permite ampliar el cabotaje ya ha sido objeto de acuerdo con los Gobiernos de los Veintisiete, con lo que la votación de hoy concluye su tramitación. Entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.
La norma permitirá la realización de hasta tres operaciones de cabotaje en un plazo de siete días a partir de la última descarga en el país de acogida. Estas operaciones podrán llevarse a cabo en los Estados miembros por los que el conductor pasa a su regreso, teniendo en cuenta que hay un límite de una operación por país en los tres días siguientes a la entrada en el territorio de dicho Estado miembro.
La Eurocámara había pedido una liberalización total del cabotaje con el objetivo de reducir el número de jornadas en las que los camiones viajan vacíos, maximizar los beneficios de los transportistas y limitar el impacto medioambiental. Sin embargo, la oposición de algunos Estados miembros ha hecho imposible alcanzar este objetivo.
No obstante, la nueva norma exige a la Comisión que examine antes de 2013 la posibilidad de profundizar en la apertura del mercado de transporte internacional, así como en la liberalización del cabotaje.
Junto con este reglamento, el Parlamento aprobó otras dos normas sobre transporte por carretera. La primera incluye medidas para salvaguardar los servicios públicos. En
los casos en los que un servicio de autobús privado afecte a la viabilidad de un servicio público comparable, el Estado miembro podrá, con el acuerdo de la Comisión, retirar la autorización a ese servicio.
El tercer y último reglamento que integra este paquete legislativo afecta a las condiciones que tienen que cumplir los transportistas. El objetivo es garantizar un servicio uniforme y de calidad en toda la UE, así como garantizar que las empresas cumplen las normas administrativas y de trabajo del país en el que operan.
Desde 2007, los conductores de autobuses y autocares que realizan viajes internacionales tienen derecho a una jornada de descanso cada seis días. Esta medida ha provocado bastantes críticas entre los tour operadores, que se quejan de que tienen que contratar a dos conductores para cada viaje, lo cual incrementa el coste para el consumidor final.
Tras alcanzar un acuerdo con la industria y los sindicatos, los eurodiputados han respaldado la reintroducción de la "norma de los 12 días", que amplía a 12 días el periodo sin descanso de los conductores. Este acuerdo prevé algunas excepciones, por ejemplo, no se puede contratar a un único conductor para realizar viajes distintos, aunque estén dentro del límite de los 12 días. Esta parte del reglamento se aplicará desde enero de 2010; el resto será de aplicación a partir de mediados de 2011 (dos años después de la entrada en vigor).
REGISTROS ELECTRONICOS DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE
Los registros electrónicos nacionales (que ya existen en varios Estados miembros) contienen información sobre las finanzas de las empresas, el lugar en el que están establecidas, el personal de gestión e infracciones previas de las normas nacionales y comunitarias. A petición de los eurodiputados, estos registros tendrán que estar interconectados, como muy tarde, a finales de 2012, para que las autoridades de un país puedan consultar la información de una empresa basada en otro Estado miembro.
Según la nueva legislación aprobada, una empresa de transporte tiene que estar establecida físicamente en un país (tener las oficinas allí) y poder presentar sus documentos administrativos a las autoridades nacionales correspondientes. La empresa también tendrá que poder mostrar dónde aparca los vehículos que no utiliza. Este requisito busca poner coto a las prácticas de numerosas empresas que se registran en un país por sus facilidades administrativas pero en realidad operan en otro Estado.
Los gestores de las compañías de transporte y las empresas no pueden haber sido declarados culpables de un delito serio relacionado con el transporte por carretera. Además, para demostrar que son competentes, los gestores tendrán que pasar un examen obligatorio preparado por las autoridades nacionales.