
El Tribunal de Justicia de la UE dictó este jueves una sentencia según la cual el Derecho comunitario "se opone a la normativa de un Estado miembro (de la UE) que vincula la concesión del derecho a deducir del impuesto sobre la renta las cotizaciones al seguro de enfermedad abonadas, al requisito de que las cotizaciones se abonen en dicho Estado con arreglo a disposiciones de Derecho nacional".
Como consecuencia, los jueces también se oponen a la legislación de un Estado del club comunitario si "deniega la concesión de tal ventaja fiscal cuando las cotizaciones deducibles del impuesto sobre la renta exigible en dicho Estado miembro se abonan en el marco de un régimen de seguro obligatorio de enfermedad de otro Estado miembro" también de la UE.
La sentencia es sobre un caso concreto entre Alemania y Polonia. Y aclara que una limitación del derecho a la deducción como la establecida por la normativa polaca constituye una restricción sin justificación objetiva de la libertad de circulación y de residencia en el conjunto de los países de la UE.
Jubilado alemán en Polonia
Según la legislación de Polonia, sólo cabe deducir del impuesto sobre la renta las cotizaciones al seguro de enfermedad abonadas a una institución aseguradora polaca. En contra de esta normativa recurrió un ciudadano alemán que, tras haber residido y trabajado en Alemania, se instaló en Polonia, donde reside de manera permanente como jubilado desde el año 2005.
El demandante disponía, como únicos ingresos, de dos prestaciones de jubilación percibidas en Alemania: una pensión de invalidez gravada en ese mismo Estado, y una pensión de empresa abonada por la sociedad Volkswagen, gravada en Polonia.
Pensiones públicas y privadas
El jubilado alemán solicitó en 2006 a la Administración tributaria polaca que dedujese del impuesto sobre la renta que le corresponde abonar en Polonia, por la pensión privada que percibe en su país de origen, la cuantía de las cotizaciones al seguro de enfermedad que había abonado en Alemania.
Tras ser rechazada su solicitud, el alemán residente en Polonia interpuso un recurso ante la Justicia polaca. Esta, a su vez, remitió la cuestión a la Justicia comunitaria para aclarar si era compatible con el Derecho de la UE la limitación del derecho a la deducción del impuesto.