Economía

TSJC sanciona por discriminación a empresa seleccionó candidatos por edad

Barcelona, 12 dic (EFECOM).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado una sanción de 3.000 euros por discriminación por edad a una empresa eléctrica que exigía en un anuncio de empleo que los candidatos al puesto tuvieran entre 35 y 45 años.

En la sentencia, la sala contencioso-administrativa del TSJC desestima el recurso presentado por la empresa, Scheider Electric España contra la sanción que le impuso el Departamento de Trabajo por haber cometido una infracción considerada muy grave en un anuncio de empleo.

Dicha oferta, que fue publicada el 27 de febrero de 2000, exigía como requisito a los candidatos al empleo que tuvieran entre 35 y 45 años, lo que vulnera el Estatuto de los Trabajadores y supone una discriminación favorable por razón de edad.

La empresa, que se dedica a las instalaciones eléctricas, alegó en su defensa que el requisito de la edad no era gratuito, ya que, al tratarse de un puesto de máxima responsabilidad, se buscaba una persona con "madurez personal, estabilidad emocional y trayectoria profesional".

Por su parte, la Generalitat instó a la desestimación del recurso, con el argumento de que la experiencia profesional no puede hacerse exclusiva dentro de la franja de edad comprendida entre los 35 y los 45 años.

El TSJC ha acordado confirmar la sanción impuesta por la Generalitat al considerar que el anuncio no expresa "razones objetivas y razonables que justifiquen unas condiciones para el desempeño del trabajo que expliquen la exclusión de las personas con edades superior o inferior al tramo publicitado para el puesto de trabajo descrito". EFECOM

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