Economía

La UE impide que las pensiones favorezcan a las mujeres para paliar la desigualdad del mercado laboral

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea han sentenciado este jueves que un sistema público de pensiones no puede favorecer a las mujeres frente a los hombres, aunque esta medida tenga como objetivo compensar las desventajas que sufren las féminas en comparación con los varones en el mercado laboral.

La sentencia de la Justicia comunitaria afirma que Grecia ha incumplido la legislación de la UE "al mantener en vigor disposiciones que prevén diferencias entre trabajadores masculinos y femeninos en materia de edad de jubilación y de duración mínima de servicio requerida en el código de las pensiones civiles y militares".

La sentencia es, por tanto, sobre el caso concreto del sistema de pensiones griego. Atenas ofrece a las mujeres y, en particular, a las madres condiciones más favorables que las aplicables a los hombres. Con lo que intenta compensar los problemas que encuentran a lo largo de su carrera profesional, y evita entrar a remediarlos.

Discriminación prohibida

Los jueces comunitarios recuerdan que el Derecho de la UE prohíbe toda discriminación en materia de retribución entre trabajadores y trabajadoras, cualquiera que sea el mecanismo que determine esta desigualdad. El sistema griego fue denunciado ante el Tribunal de la UE por la Comisión Europea al considerar que vulneraba el principio de igualdad de trato e impone condiciones de jubilación menos favorables para los hombres que para las mujeres.

Grecia no negó las diferencias de trato. Pero sostuvo sin éxito que su régimen de pensiones sí tenía encaje dentro del Derecho comunitario. Y alegó que estas diferencias responden a las funciones sociales respectivas de los hombres y de las mujeres. Y añadió que constituyen medidas compensatorias de las desventajas sufridas por las mujeres debido a la menor duración de su vida profesional.

Los jueces puntualizan que el principio de igualdad de trato no impide que un Estado de la UE aplique medidas para facilitar el ejercicio de una actividad profesional por el sexo menos representado, o para evitar o compensar desventajas en la carrera profesional.

No obstante, las medidas nacionales amparadas por el principio de igualdad de trato deben, en todo caso, contribuir a ayudar a las mujeres a desarrollar su vida profesional en condiciones de igualdad con los hombres. Pero los jueces aseguran que el código griego de pensiones civiles y militares no compensa las desventajas a que están expuestas las carreras de las funcionarias y militares, ni las ayuda en su vida profesional.

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