Bruselas, 23 nov (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó hoy que sólo los productos adquiridos y transportados personalmente por particulares están exentos del pago de impuestos especiales en el Estado miembro de importación.
Esta decisión afecta a las compras de tabaco, bebidas alcohólicas e hidrocarburos, precisa el Tribunal.
La Corte Suprema holandesa planteó en enero de 2005 una cuestión prejudicial sobre la interpretación de determinadas disposiciones de la directiva comunitaria relativa al régimen general, la tenencia, la circulación y los controles de los productos sujetos a impuestos especiales.
El caso tiene que ver con los pedidos anuales que un ciudadano holandés, miembro de una asociación vinícola, efectúa desde Francia para satisfacer sus propias necesidades y las de los demás miembros de su grupo.
Una empresa de transportes holandesa recoge el vino en Francia y lo deposita en su domicilio holandés, donde queda almacenado unos días antes de ser entregado a los demás miembros del grupo.
El Tribunal explica que esta actividad no tiene carácter profesional ni ánimo de lucro, pues la citada persona paga el vino y el transporte y luego cada miembro del grupo le reembolsa el precio correspondiente a la cantidad de vino solicitada y su parte de los gastos del transporte.
Las autoridades fiscales holandesas sometieron el vino a un impuesto especial de 906,20 euros, decisión que fue recurrida por el contribuyente.
En una sentencia difundida hoy, el Tribunal de la UE considera que la directiva europea que se aplica a estos casos presenta "una laguna" al no estipular explícitamente que los productos adquiridos a título personal deben ser transportados personalmente por el particular que los haya adquirido.
De no ser así, los jueces europeos temen que existe un mayor riesgo de fraude, ya que "el transporte de los productos a los que aplica la exención no exige ningún documento".
Por ello, insistió en la necesidad de que el legislador comunitario presente una propuesta de modificación de la citada directiva al Consejo de ministros de la UE para ampliar la aplicabilidad de la exención a los productos transportados por cuenta de particulares.
Tras conocer el veredicto, la portavoz comunitaria de Fiscalidad, Maria Assimakopoulou, opinó que la Corte europea interpreta "de manera muy restrictiva" la legislación existente.
Sin embargo, admitió que la Comisión Europea analizará la directiva para una eventual modificación, aunque recordó que las decisiones sobre fiscalidad requieren unanimidad de los 25 y resulta, por tanto, difícil lograrlas.
Los países con elevada fiscalidad sobre el tabaco, las bebidas alcohólicas y los hidrocarburos creen que la legislación vigente abre la puerta a abusos con los pedidos de estos productos a distancia. EFECOM
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