BRUSELAS, 5 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó hoy que la legislación de Reino Unido que permite a las empresas obligar a sus trabajadores a jubilarse a los 65 años no vulnera la normativa comunitaria.
La legislación británica en cuestión establece que puede extinguirse la relación laboral por jubilación cuando el trabajador haya alcanzado la edad ordinaria de jubilación fijada por el empleador o, en su defecto, la edad de 65 años, sin que este trato pueda considerarse discriminatorio.
Una institución benéfica británica que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas mayores, Age Concern, llevó esta norma ante los tribunales por considerar que la relación laboral por jubilación cuando el trabajador haya cumplido los 65 años es contraria a la normativa comunitaria que prohíbe la discriminación en el empleo por razón de edad.
La justicia británica preguntó al Tribunal de Justicia si esta normativa se ajusta al derecho comunitario.
En su sentencia, el TUE señala que la imposición de una edad de jubilación obligatoria es legal si se justifica por una "finalidad legítima" relacionada con objetivos de política social, como los vinculados a las políticas de empleo, del mercado de trabajo o de la formación profesional.
Corresponde a los jueces nacionales comprobar si la normativa británica responde a un objetivo legítimo de este tipo y si los medios escogidos eran adecuados y necesarios para lograr tal objetivo, según la sentencia.