
Un magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Segovia ha anulado la multa de 200 euros y retirada de tres puntos del carnet de conducir que interpuso la Guardia Civil contra una conductora por circular con un detector de radares instalado. Este dispositivo fue prohibido por la última Ley de Tráfico, que entró en vigor el 9 de mayo de 2014, pero la sentencia judicial entiende que hay diferencia entre instalarlo y utilizarlo.
En concreto, esta matiza que "se trata de dos actos separables. Si el legislador hubiera querido prohibir ambas conductas, hubiera castigado cualquier instalación de dispositivos capaces de detectar las señales de radar, con independencia de su utilización. El legislador sanciona cuando se pase de la instalación a la utilización", reza la resolución que se ha emitido sobre este caso que ocurrió en agosto de 2015.
Asimismo, el juez encargado del caso justifica su decisión basándose en que la administración no ha probado que el dispositivo "fuese capaz de detectar radares" puesto que la sanción se basa "en el análisis formal de un agente de la Guardia Civil".
Dispositivos legales e ilegales
Por su parte, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que afirma que es "la primera sentencia que se produce en España en este sentido", apunta que "el certificado de un laboratorio de ensayos, aportado por la defensa de la automovilista, acreditaba que el aparato no era un detector de radar sino un dispositivo de ayuda a la conducción". Un elemento que, a tenor de los ocurrido, ha sido un elemento fundamental en la toma de decisión judicial.
Cabe destacar que la ley estipula la diferenciación entre los inhibidores, los detectores y los avisadores de radar. Mientras que este último es legal y existen múltiples aplicaciones móviles o dispositivos que advierten al conductor en el momento de aproximación a un radar, previamente localizado por GPS, el uso de los otros dos está prohibido y penalizado con duras multas: 6.000 euros y seis puntos en el caso de los inhibidores, y 200 euros y tres puntos de carné en el caso de los detectores de radar.