La nueva Ley de la cadena alimentaria podría dar las a la innovación de la industria alimentaria, que ha reducido en un 70 por ciento el lanzamiento de nuevos productos desde el inicio de la crisis en 2008.
La nueva Ley de la cadena alimentaria ha cambiado las reglas del juego entre fabricantes y distribuidores, al crear la Agencia de Información y Control Alimentarios (Aica), cuya misión es evitar los abusos que hasta ahora venían practicando algunos actores contra otros.
Abusos que han contribuido, junto al auge de la marca blanca, a que la innovación en la industria alimentaria se haya desplomado un 70 por ciento desde el inicio de la crisis.
Un desplome que según ha explicado a elEconomista Alimentación Ignacio Larracoechea, presidente de Promarca (Asociación de Empresas de Fabricantes de Marcas de Gran Consumo), podría frenarse gracias a los mecanismos de control de esa Agencia, que podrá actuar si detecta algún abuso en la cadena, o si así se lo hacen saber fabricantes, distribuidores e incluso los propios consumidores.
Eso sí, aunque la Agencia tiene legitimidad para proponer una sanción a los actores que incumplan la nueva Ley de la cadena alimentaria, que persigue acabar con la discriminación de marcas en lineales y la copia de productos o de envases, y limitar las informaciones que los fabricantes tienen que dar a los distribuidores antes de lanzar un nuevo producto, es el Gobierno el que ejecutará esa sanción.
En concreto, tal y como ha explicado Larracoechea, esas sanciones -que pueden oscilar entre 3.000 euros y un millón de euros en función de la gravedad de la falta- serán propuestas por la Aica pero aprobadas y respaldadas por el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el Consejo de Ministros, el director general de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente o la Secretaría de Agricultura o Alimentación. Cargos estos dos últimos que ahora ocupan Fernando Burgaz e Isabel García Tejerina, respectivamente.
Pese a que hasta el momento la Aica no ha propuesto ninguna sanción, el simple hecho de que pueda expedientar a una compañía de la cadena alimentaria por incumplir la nueva ley ya ha empezado a tener sus efectos. "Es muy pronto para hacer valoraciones pero hemos visto un cambio de actitud y tengo la impresión de que la distribución se va a tomar en serio la nueva ley de la cadena alimentaria", sostiene Larracoechea.
Primicia mundial
Una Ley que según el presidente de Promarca es una "primicia mundial, al ser más vanguardista que la de otros países". Y es que, según explica, el contenido del artículo 13 de esa Ley relativo al suministro de información comercial sensible no había sido incluido en ninguna Ley de ningún país extranjero hasta ahora.
De ahí que hasta el pasado 3 de enero, fecha de entrada en vigor de la nueva ley, no se garantizara la confidencialidad de la información que un actor trasmitía a otro, por ejemplo en las fases previas al lanzamiento de un nuevo producto.
"El hecho de que el distribuidor sea un agente doble, al no ser sólo distribuidor sino también competidor al tener su propia marca, ha dañado mucho a la innovación alimentaria", afirma Larracoechea.
Lo cierto es que muchas veces los fabricantes de la industria alimentaria se han quejado por no poder garantizar la confidencialidad de la información que hacían llegar a un distribuidor sobre el lanzamiento de un nuevo producto.
Un paso que tenían que llevar a cabo hasta nueve meses antes de ejecutar dicho lanzamiento, dando el tiempo de sobra en muchos casos para que los distribuidores hicieran lo mismo con sus propias marcas. Una práctica que ahora queda reducida a papel mojado.
En concreto la Ley dice, en su artículo 13, que "la información comercialmente sensible que se obtenga en el proceso de negociación o ejecución de un contrato alimentario se destinará exclusivamente a los fines para los que les fue facilitada, respetándose en todo momento la confidencialidad de la información transmitida o almacenada".
Asimismo, la Ley evita, en su artículo 12, que se lleven a cabo modificaciones unilaterales y pagos comerciales no previstos en los contratos que previamente se hayan realizado de mutuo acuerdo entre fabricantes y distribuidores. Y, en su artículo 14, la Ley de la cadena alimentaria también protege la gestión de las marcas.
Una gestión que Larracoechea "alaba y critica" por el modo en que ese artículo está redactado. El presidente de Promarca justifica que la parte que alaba es la segunda parte de dicho artículo, en la que la ley prohíbe el aprovechamiento indebido por parte de un operador y en beneficio propio de la iniciativa empresarial ajena, ya sea en los envases, en la presentación o en la publicidad del producto o servicio de elementos distintivos que provoquen riesgo de asociación o confusión con los de otro operador o con marcas o nombres comerciales de otro operador.
Mientras, la parte que critica es la que figura en la primera parte del artículo 14 de esa Ley, ya que remite a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y a la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia desleal, en lo que se refiere a la gestión de los operadores de marcas de productos alimentarios que ofrezcan al consumidor, evitando prácticas contrarias a la libre competencia o que constituyan actos de competencia desleal, entendiéndose por esto por ejemplo el no sacar un producto a un lineal en beneficio de otro de otra marca o de la marca blanca del distribuidor.
Es decir, en estos casos, la Aica remitirá las denuncias a los tribunales tradicionales que en lugar de tardar entre un año o un año y medio en resolver un expediente -plazo estimado para la propia Agencia- podrían tardar varios años en emitir un veredicto tras una denuncia.
Aun así, estos artículos y los restantes incluidos en la ley ayudarán, según Larracoechea, a que la innovación alimentaria pueda ir a mejor. De hecho, según sus datos, "las ventas de las primeras marcas crecieron en el último trimestre de 2013". Algo que no ocurría desde 2008.